En esta conferencia, la Dra. Susana Correa recuerda que el Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 790 de 2021, que modifica nueve artículos del Título I, Parte II, Libro II del Decreto 1833 del 2016, con el fin de hacer más ágil cualquier solicitud tanto para los fondos de pensiones, como para los afiliados. Para […]
En esta conferencia, la Dra. Susana Correa recuerda que el Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 790 de 2021, que modifica nueve artículos del Título I, Parte II, Libro II del Decreto 1833 del 2016, con el fin de hacer más ágil cualquier solicitud tanto para los fondos de pensiones, como para los afiliados.
Para el cálculo de los bonos tipo A, todas las vinculaciones laborales que el trabajador haya tenido con anterioridad a la fecha del traslado de régimen pensional, con excepción de:
Las vinculaciones con empleadores del sector privado que tenían a su cargo las pensiones y con los cuales el vínculo laboral no estaba vigente el 23 de diciembre de 1993, ni se inició con posterioridad a dicha fecha.
Las vinculaciones con afiliación al lSS en épocas en las que no se cotizó a ese Instituto para los riesgos de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) sea porque el ISS no había asumido aún este riesgo o por mora del empleador.
Las vinculaciones con cotización al lSS o a cualesquiera cajas o fondos del sector público, que en total no lleguen a 150 semanas cotizadas, o sea 1.050 días, continuos o discontinuos.
Para establecer la fecha de referencia de los bonos tipo B se tendrán por válidas las vinculaciones con empleadores del sector público que no cotizaban al ISS, las vinculaciones con cotización al lSS y las vinculaciones con el sector privado convalidadas mediante un título pensional a favor del ISS.
Por último, el bono será emitido por el último empleador o entidad pagadora de pensiones. Si hubiere varios, por aquel con quien el trabajador tuvo una vinculación más larga, y, en caso de igualdad, por el que tenga el menor código.
Correa es Abogada, especialista en Derecho de la Seguridad Social, LLM en derecho internacional con énfasis en derecho comercial, inversiones y arbitraje de la Universidad de Heidelberg, aspirante a especialista en Derecho Laboral y Relaciones Industriales de la Universidad Externado de Colombia. Abogada consultora en derecho laboral y seguridad social para firmas como Montoya Valle, Backer Mckenzie, entre otras. Actualmente con OCH GROUP.