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Conferencia: Críticas a la reforma tributaria, Ley 2155 de 2021

En el transcurso de esta conferencia, Jorge Enrique Espitia explica los vacíos que presenta la nueva reforma tributaria, Ley 2155 de 2021. Por ejemplo, desde su punto de vista en Colombia, encubrir bienes y no declarar ingresos “paga”. Tarde o temprano, una norma les rebaja las penas o los intereses a los evasores o, incluso, […]

Fecha de publicación: 23 de noviembre de 2021
Conferencia: Críticas a la reforma tributaria, Ley 2155 de 2021
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.
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En el transcurso de esta conferencia, Jorge Enrique Espitia explica los vacíos que presenta la nueva reforma tributaria, Ley 2155 de 2021. Por ejemplo, desde su punto de vista en Colombia, encubrir bienes y no declarar ingresos “paga”. Tarde o temprano, una norma les rebaja las penas o los intereses a los evasores o, incluso, otorga tarifas diferenciales para quienes defraudaron al Estado. Esta no es la excepción.

El artículo 2 de la ley creó el “impuesto complementario de normalización tributaria”, con una tarifa del 17 % para los contribuyentes que dispongan de activos omitidos o pasivos inexistentes.

Además, el artículo 51 otorgó un “beneficio de auditoría” a quienes aumenten su impuesto neto de renta en al menos un 25 % respecto del año anterior. Esto significa que, si se aumenta el impuesto en ese porcentaje, la Dian se compromete a auditar la declaración durante un tiempo menor al usual.

Critica que el gobierno afirma que en la reforma tributaria las empresas harán el mayor aporte, pues la tarifa nominal del impuesto sobre la renta a su cargo aumentó al 35 %, pero este aumento no es tan significativo como parece, pues las empresas aún tienen enormes beneficios fiscales que no se tocan.

Estos beneficios ascienden a cerca de 58 billones al año, que se reparten así: 40 a través de ingresos no constitutivos de renta; 13 por rentas exentas, y 5 billones por descuentos tributarios.

Espitia dice que si se eliminaran estos beneficios y se gravara a las empresas con una tarifa del 35 % se obtendría un recaudo de 24 billones de pesos. En cambio, con el aumento de la tarifa del 32 al 35 %, el recaudo aumenta apenas en 4 billones.

Acerca del conferencista

Espitia es profesor de la Universidad Nacional de Colombia y la Escuela Colombiana de Ingeniería. Articulista en periódicos digitales en temas de hacienda pública. Coautor con el Profesor Luis Jorge Garay Salamanca de los libros «Dinámica de las Desigualdades en Colombia», «Desigualdad y Reforma estructural tributaria en Colombia» y «Medidas sociales y económicas de emergencia ante la pandemia del covid-19 en Colombia».