La responsabilidad del auditor con respecto al fraude en la auditoría de estados financieros, está centrada en su capacidad para la detección de los riesgos durante el proceso ejecutado, es decir, en relación con los riesgos de incorrección material debida al fraude. Dicha responsabilidad se encuentra definida en la NIA 240.
La responsabilidad del auditor con respecto al fraude en la auditoría de estados financieros, está centrada en su capacidad para la detección de los riesgos durante el proceso ejecutado, es decir, en relación con los riesgos de incorrección material debida al fraude. Dicha responsabilidad se encuentra definida en la NIA 240.
En el momento en que el auditor se enfrenta en el proceso de auditoría a la identificación de las incorrecciones en los estados financieros, bajo los direccionamientos determinados en la NIA 315 y la NIA 330, debe considerar que estas son de dos posibles naturalezas: fraude o un simple error.
En concordancia con lo que indica la NIA 240, el fraude es un concepto jurídico amplio, pero, para efectos del desarrollo de un proceso de auditoría, el concepto que le compete al auditor es el fraude que da lugar a incorrecciones materiales en los estados financieros, es decir, a la identificación de aquellas acciones que hayan sido encaminadas a alterar la información financiera de la organización, bajo el cometido de un interés particular.
Para el auditor solo deben ser relevantes dos tipos de incorreciones intencionadas: las generadas por información financiera fraudulenta, y las causadas por la apropiación indebida de activos. Es importante señalar que si bien el auditor puede presentar indicios e incluso hasta identificar la existencia de fraude, no es de su competencia ni alcance profesional determinar si se ha producido efectivamente un fraude desde un punto de vista legal.
El máximo Órgano de la entidad, Asamblea o Junta Directiva, y la Administración y/o Gerencia son los principales responsables de la prevención y detección del fraude. Es necesario que sean ellos quienes encaminen sus esfuerzos a la prevención del fraude, con el propósito de reducir las oportunidades de que este se produzca, así como en la disuasión, lo que implica persuadir a las personas de abstenerse debido a la probabilidad de que se detecte y, por ende, se sancione.
Dicha responsabilidad incluye la inspección sobre los procesos de control interno y el efectivo cumplimiento de estos, previendo la posibilidad de elusión de los controles o de que exista otro tipo de influencias incongruentes sobre el proceso de información financiera, tales como intentos de la Administración y/o Gerencia de manipular los resultados, a fin de influir en la percepción que de ellos y de la rentabilidad de la empresa tengan los usuarios de la información.
El auditor que realiza una auditoría de conformidad con las NIA es responsable de la obtención de una seguridad razonable de que los estados financieros considerados en su conjunto están libres de incorrecciones materiales debidas a fraude o error. Debido a las limitaciones inherentes a una auditoría, existe un riesgo inevitable de que puedan no detectarse algunas incorrecciones materiales en los estados financieros, incluso aunque la auditoría se haya planificado y ejecutado adecuadamente de conformidad con las NIA.
El riesgo de no detectar incorrecciones materiales debidas a fraude es mayor que el riesgo de no detectar las que se deben a error, gracias a que el fraude puede generalmente estar encubierto por planes sofisticados y cuidadosamente organizados para evitar su descubrimiento, tales como: la falsificación, la omisión deliberada del registro de transacciones o la realización de manifestaciones premeditadamente erróneas dirigidas al auditor.
El auditor es responsable de mantener una actitud de escepticismo profesional, teniendo en cuenta la posibilidad de que la Administración y/o Gerencia eluda los controles y sean los responsables de acciones fraudulentas que afecten los resultados auditados.
Además, el auditor tiene la responsabilidad de indagar ante la Administración y/o Gerencia sobre el conocimiento de la potencialidad de fraude en la información presentada en los estados financieros sobre los que se está aplicando el proceso de auditoría, además de solicitar información sobre períodos pasados o hechos ocurridos con anterioridad, a fin de identificar las debilidades de la empresa y lograr focalizar las pruebas.
La capacidad del auditor para detectar un fraude depende de factores tales como:
Si bien el auditor puede ser capaz de identificar la existencia de oportunidades potenciales de cometer un fraude, puede resultarle difícil determinar si las incorrecciones en aspectos en los que resulta necesario ejercer el juicio, tales como las estimaciones contables, se deben a fraude o error.
Cuando las situaciones de fraude son ejecutadas por miembros de la Administración y/o Gerencia, el riesgo de que el auditor no detecte una incorrección es mayor que en el caso de que el fraude sea cometido por empleados, gracias al poder y control que tienen estas personas que les posibilita la manipulación de registros contables, y la elusión de los procedimientos de control diseñados para prevenir que otros empleados cometan esta clase de fraudes.