Estos honorarios se implementan en los trabajos donde se encargan hallazgos específicos al equipo de auditoría o donde se requiere una revisión de evidencias que exige resultados. Por otra parte, no se consideran los fijados por un tribunal u otra autoridad pública.
Estos honorarios se implementan en los trabajos donde se encargan hallazgos específicos al equipo de auditoría o donde se requiere una revisión de evidencias que exige resultados. Por otra parte, no se consideran los fijados por un tribunal u otra autoridad pública.
Los honorarios contingentes son calculados sobre una base predeterminada relacionada con el resultado de una transacción o con el resultado de los servicios prestados por la firma o el profesional contable que desarrolla actividades como revisor fiscal o auditor.
Pactar honorarios para un encargo de auditoría que tiene como principal finalidad proporcionar un grado de seguridad sobre la información contenida en los estados financieros, a fin de validar la verificabilidad y razonabilidad de la información ante terceros que tienen un interés específico sobre los mismos origina la amenaza de interés propio.
Lo anterior ya que el pago se encuentra sujeto a los resultados y por lo tanto compromete los principios de independencia y objetividad del profesional contable.
Por lo anterior, el cobro por la firma, directa e indirectamente, es decir aun en los casos en que se ejecute a través de un intermediario, de unos honorarios contingentes respecto a un encargo que proporciona un grado de seguridad, origina una amenaza de interés propio tan importante que ninguna salvaguarda puede reducirla a un nivel aceptable. Como consecuencia, la firma no suscribirá ningún acuerdo de honorarios de este tipo.