Límite para el pago de horas extras mensuales será de 100 horas extras mensuales sin importar el grado de remuneración, por el tiempo que dure la emergencia sanitaria.
Límite para el pago de horas extras mensuales será de 100 horas extras mensuales sin importar el grado de remuneración, por el tiempo que dure la emergencia sanitaria.
El Departamento Administrativo de la Función Pública expidió el Decreto 611 del 30 de abril de 2020, a través del cual se autoriza el pago de horas extras, dominicales y festivos a los servidores del Instituto Nacional de Salud.
Los empleados públicos del Instituto Nacional de Salud, de los niveles profesional, técnico y asistencial, cualquiera que sea el grado de remuneración, durante el término que dure la emergencia sanitaria decretada por el Ministerio de Salud y Protección Social, podrán devengar horas extras, dominicales y festivos.
El límite para el pago de horas extras mensuales será de 100 horas extras mensuales. Si el tiempo laboral fuera de la jornada ordinaria superare dicho límite, el excedente se reconocerá en tiempo compensatorio, a razón de un día hábil por cada ocho horas extras de trabajo.
La autorización para laborar en horas extras solo podrá otorgarse cuando exista la disponibilidad presupuestal.