De acuerdo con los lineamientos de la Norma Internacional de Control de Calidad –NICC 1–, entre los procedimientos de control de calidad está establecer políticas de aceptación y continuidad de las relaciones con clientes, bajo la finalidad de demostrar que estos cumplen las condiciones requeridas.
De acuerdo con los lineamientos de la Norma Internacional de Control de Calidad –NICC 1–, entre los procedimientos de control de calidad está establecer políticas de aceptación y continuidad de las relaciones con clientes, bajo la finalidad de demostrar que estos cumplen las condiciones requeridas.
Según la Norma Internacional de Control de Calidad –NICC 1–, los elementos que componen un sistema de control de calidad son:
El objetivo de este editorial es abordar el tercer ítem mencionado, exponiendo qué debe tener en cuenta una firma de auditoría o un revisor fiscal al momento de evaluar la aceptación de continuidad de las relaciones con sus clientes, ya que la NICC 1 menciona que se requiere revisar que el cliente sea íntegro, que al desarrollar el encargo se pueda cumplir con los requerimientos de ética expuestos en el Código de Ética de la IFAC y en la Ley 43 de 1990, y que los encargados de realizar el encargo cuenten con la capacidad, tiempo y recursos para hacerlo.
Se requerirá que el revisor fiscal o la firma investiguen:
Para obtener la información expuesta en el anterior apartado se requerirá:
Dependiendo de la información recolectada, la firma o el revisor fiscal identificará si debe crear o continuar una relación con esta empresa, no sin antes identificar la capacidad de la firma o del revisor fiscal para atender la actividad del cliente, ya sea que este sea nuevo o que haya incursionado en una nueva actividad en la que la firma y el revisor fiscal no tienen la competencia, capacitación, ni especialización necesaria.
La firma o el revisor fiscal no solo debe evaluar al cliente, sino también definir si están calificados para asumir el encargo. Por tanto, se espera que se estudie en detalle si el personal que asumirá la labor:
Luego de cumplir con los pasos enunciados en los anteriores párrafos, si la firma o el revisor fiscal no identifican riesgos significativos que impidan aceptar la relación con el cliente o que generen amenazas, se puede proceder realizando una propuesta en la que se especifique el alcance de la auditoría, los procedimientos a realizar, quiénes serán los encargados de la labor a realizar, y el tiempo y honorarios específicos que deberán cumplir las partes interesadas.
Si se presenta algún riesgo o amenaza, se puede exponer dicha situación ante los responsables de gobierno o a la dirección de la entidad, a fin de que se adopten las medidas correspondientes que permitan disminuir o reducir dichos riesgos. En caso de que la conclusión sea renunciar al encargo o a la relación con el cliente, dado que la amenazas que se presentaron no se pueden disminuir con ninguna salvaguarda o debido a que se asumiría un riesgo demasiado alto al continuar con la relación con el cliente, la firma o el revisor fiscal deben: