Es importante que los profesionales del área contable conozcan el Decreto 938 de 2021, expedido por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el cual hace unas actualizaciones y modificaciones a las Normas Internacionales que actualmente son aplicadas en Colombia por el Grupo 1.
Es importante que los profesionales del área contable conozcan el Decreto 938 de 2021, expedido por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el cual hace unas actualizaciones y modificaciones a las Normas Internacionales que actualmente son aplicadas en Colombia por el Grupo 1.
El Decreto 938 de 2021 fue expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público junto con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Con esta normativa se introducen actualizaciones y modificaciones a las Normas Internacionales de Información Financiera que actualmente se aplican en Colombia, debido a que estos estándares son dinámicos al actualizarse constantemente con base en los cambios que experimentan los mercados y las empresas. Esta actualización se hace para que la información presentada a las partes interesadas refleje fielmente la situación económica real de una organización.
Este decreto tiene siete parágrafos, cada uno con un tema diferente, en los cuales se ajusta los Estándares Internacionales que se aplican en Colombia de acuerdo con los pronunciamientos de la Junta de Normas Internacionales de Contabilidad –IASB–. Por un lado, tenemos el parágrafo 1, que es una actualización sobre cómo clasificar los pasivos entre corrientes y no corrientes en ciertas situaciones puntuales, y aplica a la NIC 1. El parágrafo 2, sobre propiedad, planta y equipo, modifica la respectiva NIC 16 sobre los productos obtenidos antes del uso previsto. En el parágrafo 3 encontramos algunas modificaciones para la NIC 37, este incorpora párrafos sobre los costos de cumplimiento de un contrato oneroso.
El parágrafo 4 introduce una reforma de la tasa de interés de referencia respecto de las excepciones temporales a la aplicación de los requerimientos específicos de la contabilidad de coberturas. El parágrafo 5 indica unas modificaciones a la NIIF 3, con referencia del marco conceptual. El parágrafo 6 habla de las mejoras anuales a las Normas de Información Financiera 2018-2020 y brinda algunas aclaraciones y recomendaciones para que los estados financieros reflejen la situación económica de una organización. Finalmente, el parágrafo 7 se relaciona con el parágrafo 4 en lo concerniente a la reforma de la tasa de interés de referencia, fase 2 NIIF 9.