El Plan Nacional de Desarrollo correspondiente a la vigencia 2018 – 2022, aprobado por el Congreso el 2 de mayo de 2019 y contenido finalmente en la Ley 1955 del 25 de mayo del mismo año, introdujo varias modificaciones a las normas del Estatuto Tributario.
El Plan Nacional de Desarrollo correspondiente a la vigencia 2018 – 2022, aprobado por el Congreso el 2 de mayo de 2019 y contenido finalmente en la Ley 1955 del 25 de mayo del mismo año, introdujo varias modificaciones a las normas del Estatuto Tributario.
El Plan Nacional de Desarrollo –PND– 2018 – 2022, contenido en la Ley 1955 de mayo 25 de 2019, cambió algunas normas del Estatuto Tributario relacionadas con el impuesto de renta y el impuesto sobre las ventas –IVA–. Algunas de estas normas ya habían sido afectadas por la Ley 1943 de 2018.
Entre los cambios más importantes con relación al impuesto de renta podemos mencionar la claridad que dio respecto a que las personas naturales residentes y no residentes podrán continuar restando como renta exenta los aportes voluntarios a los fondos de pensiones y cuentas AFC regulados por los artículos 126-1 y 126-4.
En lo que concierne al IVA, se introdujeron cambios con relación a los bienes gravados, exentos y excluidos.