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Aplicación del régimen común de IVA por monotributista

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta 

¿Un monotributista puede pertenecer al régimen común de IVA o del INC?

Resueltas diciembre 13 de 2018

Fecha de publicación: 4 de enero de 2019
Aplicación del régimen común de IVA por monotributista
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta 

¿Un monotributista puede pertenecer al régimen común de IVA o del INC?

Resueltas diciembre 13 de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios aclara que la figura del monotributo fue creada mediante la expedición de la Ley 1819 de 2016 con el artículo 165.

De acuerdo con la reglamentación citada, se debe tener presente que los contribuyentes que desean acogerse al monotributo deben cumplir, entre otros requisitos, que el nivel de ingresos no sea superior a las 3500 UVT, figura que reemplaza el impuesto de renta.

De igual forma, es importante precisar que si este tipo de contribuyentes decide de manera voluntaria operar bajo el régimen común del IVA lo puede hacer, pero no puede pertenecer al régimen común del impuesto nacional al consumo, porque este solo realiza actividades de comercio o peluquería.