El anteproyecto que venimos comentando plantea que un organismo, denominado Tribunal de la Contaduría Pública, ejerza la denominada función disciplinaria de la profesión.
El anteproyecto que venimos comentando plantea que un organismo, denominado Tribunal de la Contaduría Pública, ejerza la denominada función disciplinaria de la profesión. Y que el registro de los profesionales, la expedición de la respectiva tarjeta, los exámenes iniciales y posteriores, la renovación de la inscripción, las certificaciones correspondientes y la inspección y vigilancia de la profesión (trátese de personas naturales o jurídicas) se asigne “(…) a una institución de reconocido prestigio, que demuestre una representación exitosa de la profesión contable como gremio (…)”.
Qué bueno sería que la Ley empoderara a la profesión de cuidar de sí misma. Así sucede en varios países, obviamente bajo la vigilancia del Estado. Nos llama mucho la atención que en esta versión no se alude a un “colegio profesional”, puesto que es a éstos que se pueden asignar funciones públicas como las mencionadas, al tenor del artículo 26 de la Constitución Política.
Es muy preocupante que se piense asignar la inspección y vigilancia a una organización gremial, sin establecer requisitos que garanticen el debido ejercicio de esta delicadísima función, por medio de la cual se podría tener acceso a los libros y papeles de todos los que presten servicios contables. Durante más 60 años, la profesión ha estado dividida entre un sector de derecha, uno de izquierda y una gran mayoría de apáticos, que suele apoyar acciones con gran superficialidad. Dada esa división nos parece más errada la asignación pretendida.
¿Quién ha ejercido una representación exitosa? Para el público esto es muy difícil de percibir, dada la aún pobre transparencia que la mayoría de las agremiaciones practica. En todo caso, estamos seguros que habrá más de una que acredite haber ejercido exitosamente dicha representación. ¿Y entonces, qué se hará? ¿El Gobierno, sometido a miles de presiones de manos de cuanto congresista hay, escogerá alguna?
Si se ha de replicar el modelo que existe en otros lugares, los profesionales se adhieren a una institución privada, comprometiéndose a cumplir sus reglamentos, sometiéndose a sus autoridades y aceptando que puedan ser sancionados por éstas. Es decir, se trata de una típica asociación. O, si se quiere otro modelo, se inscriben en una institución pública, diseñada para ser neutral y sujeta a un debido y detallado proceso, bajo la supervisión de los órganos de control del Estado. En todo caso, en ninguna parte se entrega a unos el poder de juzgar a quienes consideran sus enemigos y a quienes se ha descalificado repetidamente. Esto daría lugar a una especie de guerra civil.
¿Por qué sustraer los recursos que hoy sostienen, hasta donde lo permiten las asignaciones presupuestales que en otro lugar hemos censurado, al Tribunal Disciplinario y dárselos íntegramente a una entidad gremial?
Por ahora el Gobierno ha llamado a los redactores del anteproyecto a conversar y en lo posible a trabajar conjuntamente.
Hernando Bermúdez Gómez
Editor Contrapartida, Novitas, Registro Contable, Vademécum
Tomado de Contrapartida – De Computationis Jure Opiniones
Número 2026, mayo 2 del 2016