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Aspectos fiscales a contemplar por entidades del ICBF

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

¿Qué régimen tributario aplica para las entidades del instituto colombiano de bienestar familiar?

Fecha de publicación: 13 de julio de 2018
Aspectos fiscales a contemplar por entidades del ICBF
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

¿Qué régimen tributario aplica para las entidades del instituto colombiano de bienestar familiar?

Resuelta el 06 de julio de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, señala que las entidades del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, se consideran entidades no contribuyentes del impuesto de renta según lo indicado en el artículo 22 del Estatuto Tributario.

Es de anotar que a este tipo de entidades por ser consideradas no contribuyentes del impuesto de renta, no se les debe aplicar retención en la fuente y también se debe tener presente que tampoco le aplica la exoneración de aportes que dispone el artículo 114-1 del Estatuto Tributario.