Algunas de las instrucciones respecto a los plazos establecidos por la Resolución 000020 del 26 de marzo de 2019 con relación a la implementación de la factura electrónica, cuya masificación se dará entre 2019 y 2020 fueron modificadas por la más reciente Resolución 000030 del 29 de abril del mismo año.
Algunas de las instrucciones respecto a los plazos establecidos por la Resolución 000020 del 26 de marzo de 2019 con relación a la implementación de la factura electrónica, cuya masificación se dará entre 2019 y 2020 fueron modificadas por la más reciente Resolución 000030 del 29 de abril del mismo año.
Por medio de la Resolución 000030 de abril 29 de 2019 se derogó la Resolución 000001 de enero 3 y se modificó la 000020 de marzo 26 del mismo año. A través de esta norma se indican los requisitos con que deben emitirse, validarse, expedirse y entregarse las facturas electrónicas, al igual que las notas débito y crédito.
En esta misma norma se reglamenta la factura electrónica de venta con validación previa a su expedición, teniendo en cuenta que dicha expedición comprende el conjunto de términos, plazos, mecanismos técnicos, tecnológicos y procedimientos que requiere la generación, transmisión y su validación con la respuesta a cargo de la Dian, para la entrega al respectivo adquiriente por parte del facturador electrónico o el proveedor tecnológico. De esta manera, la parametrización de la factura electrónica se configura como uno de los aspectos más importantes que se deben tener en cuenta al momento de su expedición.