No sólo por motivos jurídicos sino también comerciales, un producto que tiene una marca reconocida es más adquirido por el cliente final que aquellos que no la tienen, ya que genera confianza. Además, evita que otros lo imiten y se genere una competencia desleal.
No sólo por motivos jurídicos sino también comerciales, un producto que tiene una marca reconocida es más adquirido por el cliente final que aquellos que no la tienen, ya que genera confianza. Además, evita que otros lo imiten y se genere una competencia desleal.
La Superintendencia de Industria y Comercio en los últimos años viene haciendo un ejercicio muy interesante de protección al consumidor, castigando severamente con multas y cierres de empresas que están engañando a la ciudadanía.
Pero también está entre sus funciones proteger la propiedad industrial, con ello, la patente de invenciones, modelos de utilidad y diseños industriales, los signos distintivos de productos y servicios (marcas, lemas, nombres y enseñas comerciales) usados en el mercado. Al igual que protege la competencia, evitando así conductas monopolísticas o desleales, que en últimas generan precios y bienes, y servicios impuestos por el monopolio por falta de competencia.
De esta manera, protege al consumidor pues se da entre los empresarios, una competencia leal, ganando siempre el cliente o consumidor (adquirir productos idóneos, ciertos, cantidades, volumen, garantías, etc.)
Con la finalidad de evitar competencia desleal y tener que iniciar acciones legales contra otros comerciantes, se deben tener registradas las marcas, los inventos, lemas, nombres, enseñas.
Por ello, nos permitimos transcribir los beneficios del registro de marca según la Superintendencia de Industria y Comercio.
Respecto a los beneficios de registrar las invenciones, la SIC, señala lo siguiente:
Recuerde: “Propiedad industrial –Es un sistema administrado por el Estado, a través de la SIC, para la concesión de derechos sobre nuevas creaciones (Patentes de invención, modelos de utilidad y diseños industriales) y a los comerciantes sobre los signos que utilizan para distinguir sus productos y servicios (Marcas, lemas, nombres y enseñas comerciales) en el mercado.
El Estado otorga el monopolio de bienes inmateriales a los comerciantes y empresarios, para que ellos en forma exclusiva se sirvan de su uso y obtengan beneficios como la competencia lícita y la clientela, permitiendo de la misma forma que los consumidores identifiquen el origen empresarial de los productos y servicios en el mercado. Mediante la protección de las nuevas creaciones se logra incentivar el desarrollo tecnológico a través de la investigación, otorgándole al inventor un monopolio temporal, que le permite recuperar económicamente la inversión realizada al tiempo que emprende un avance tecnológico nacional…. SIC”