Por medio del Decreto 582 del 2016 se determinaron los lineamientos del esquema de operación y entrega de los bonos de alimentación, en el marco del Mecanismo de Protección al Cesante. A continuación planteamos algunos aspectos relevantes de este tipo de prestación económica que comenzó a funcionar en el presente mes de mayo.
Por medio del Decreto 582 del 2016 se determinaron los lineamientos del esquema de operación y entrega de los bonos de alimentación, en el marco del Mecanismo de Protección al Cesante. A continuación planteamos algunos aspectos relevantes de este tipo de prestación económica que comenzó a funcionar en el presente mes de mayo.
Los desempleados del país pueden, desde el 16 de mayo del 2016, tramitar con su caja de compensación la obtención de un bono de alimentación que circulará por un período de seis meses, como parte del Mecanismo de Protección al Cesante o seguro de desempleo.
El monto total es de 172.364 pesos y se recibirá durante 180 días; este se suma a los aportes a salud y pensión, pago de cuota monetaria y el incentivo por ahorro de cesantías.
Podrá acceder al beneficio el desempleado que cumpla las siguientes condiciones:
El Ministerio del Trabajo estipula que si usted cumple con estos requisitos, en máximo 10 días podrá empezar a recibir el beneficio, que también está incluido en el grupo de 80 mil personas que reciben el seguro por desempleo en el país.
Las agencias de gestión y colocación de empleo de las cajas de compensación familiar realizarán la entrega a los beneficiarios, previo cumplimiento de los requisitos de acceso.
El cesante perderá el derecho a los beneficios si:
Finalmente, el Decreto 582 del 2016 establece que las personas que actualmente sean beneficiarias del componente de prestaciones económicas del Mecanismo de Protección al Cesante, accederán a los bonos de alimentación en forma proporcional al término que falte para que cese la entrega de los beneficios a su favor.