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Cálculo actuarial para persona con 81 años, con beneficio pensional vitalicio

¿Se debe hacer el cálculo actuarial a una persona que tiene 81 años, con beneficio pensional vitalicio sin derecho a sustitución, soportado en los estatutos de la empresa?

Fecha de publicación: 15 de febrero de 2017
Cálculo actuarial para persona con 81 años, con beneficio pensional vitalicio
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Se debe hacer el cálculo actuarial a una persona que tiene 81 años, con beneficio pensional vitalicio sin derecho a sustitución, soportado en los estatutos de la empresa?

Juan David Maya, experto y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, señala que según los nuevos marcos normativos se entiende por pasivo la obligación presente de una entidad que nace de sucesos pasados, al vencimiento de la cual y para cancelarla, la entidad espera desprenderse de recursos que incorporen beneficios económicos. En ese sentido la empresa tiene una obligación presente por concepto de pasivo pensional la cual debe valorar y reconocerlo en sus estados financieros.

Se recomienda contratar una persona experta en el tema del cálculo actuarial para valorar con mayor fiabilidad  el pasivo pensional, valor que será incorporado en los estados financieros con mayor precisión.