Si una pyme reconoce una propiedad de inversión al costo porque no pudo reconocerla al valor razonable y luego tiene cómo reconocerla bajo ese modelo, ¿cómo continuaría la contabilización?, ¿existe alguna reversión que deba aplicar?
Respuesta de Juan David Maya la pregunta:
Si una pyme reconoce una propiedad de inversión al costo porque no pudo reconocerla al valor razonable y luego tiene cómo reconocerla bajo ese modelo, ¿cómo continuaría la contabilización?, ¿existe alguna reversión que deba aplicar?
Juan David Maya, experto y consultor en Normas Internacionales afirma que las propiedades de inversión se deben medir por su valor razonable, siempre y cuando este dato se pueda obtener sin costos o esfuerzos desproporcionados. Cuando la entidad no pueda medir con fiabilidad por el método del valor razonable, pues incurriría en costos y esfuerzos desproporcionados, podrá realizar la medición utilizando el modelo del costo con depreciación y deterioro, es decir, utilizando las disposiciones aplicables a las propiedades, plantas y equipos.
Cuando la entidad ya sea capaz de medir la propiedad de inversión por su valor razonable, el valor en libros de dicho activo solo deberá ser ajustado con ese valor razonable, sin necesidad de ninguna corrección o reexpresión retroactiva.