Durante once años hemos venido preparando esta publicación con la cual se busca facilitar el análisis que toda persona jurídica del régimen ordinario, ya sea que realice actividades industriales, comerciales o de servicios, haría a las diferentes partidas conciliatorias entre su resultado contable y su resultado fiscal. En esta edición para el año gravable 2015 la publicación de nuevo procurará analizar cómo debe manejarse cada una de las partidas conciliatorias entre lo contable y lo fiscal pensando en los dos impuestos que deberán liquidar las personas jurídicas, tanto el Impuesto de Renta y Complementarios como el Impuesto sobre la Renta para la Equidad –CREE– y destacando que ambos tienen algunos elementos en común pero también bastantes diferencias, como se explicarán más adelante.
Durante once años hemos venido preparando esta publicación con la cual se busca facilitar el análisis que toda persona jurídica del régimen ordinario, ya sea que realice actividades industriales, comerciales o de servicios, haría a las diferentes partidas conciliatorias entre su resultado contable y su resultado fiscal. En esta edición para el año gravable 2015 la publicación de nuevo procurará analizar cómo debe manejarse cada una de las partidas conciliatorias entre lo contable y lo fiscal pensando en los dos impuestos que deberán liquidar las personas jurídicas, tanto el Impuesto de Renta y Complementarios como el Impuesto sobre la Renta para la Equidad –CREE– y destacando que ambos tienen algunos elementos en común pero también bastantes diferencias, como se explicarán más adelante.
Esta publicación plantea una metodología que clasifica las distintas partidas conciliatorias en 12 módulos detallados (desde la A hasta la L). En cada uno se recopilan las distintas subpartidas conciliatorias, las cuales tienen asociadas una letra y un número para que puedan ser ubicadas en el archivo de Excel que se entrega con esta publicación y que contiene un modelo para conciliar el resultado contable y el resultado fiscal.
Para el año 2015 hemos añadido un capítulo especial relacionado con el manejo que se debe dar obligatoriamente al aplicar las NIIF al impuesto diferido. Aunque no tiene efectos fiscales para el año gravable, es necesario su reconocimiento ya que ha tomado mucha importancia, pues viene constituyendo la gran novedad en la aplicación de las NIIF.
Se espera que estos aportes complementen y amplíen los conocimientos sobre el tema, pues estamos convencidos que este producto y su metodología se convertirá en una herramienta útil para la elaboración de las conciliaciones, no solo para aquellos profesionales con conocimiento suficiente en los temas tributarios sino, también para estudiantes interesados en profundizar y documentarse en la academia.
Contenido
ANÁLISIS
Generalidades de las Conciliaciones
Justificación de la conciliación entre cifras contables y fiscales
Diferencias permanentes y diferencias temporales
Impuesto diferido bajo NIIF
Partidas Conciliatorias
EJERCICIO PRÁCTICO
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