En agosto de 2021 iniciarán los vencimientos para la presentación de la declaración de renta de personas naturales por el año gravable 2020.
En este Caso Práctico Exclusivo te enseñaremos la forma correcta de determinar la renta líquida de las cédulas general y de pensiones.
En agosto de 2021 iniciarán los vencimientos para la presentación de la declaración de renta de personas naturales por el año gravable 2020.
En este Caso Práctico Exclusivo te enseñaremos la forma correcta de determinar la renta líquida de las cédulas general y de pensiones.
Para el año gravable 2020, la Ley 2010 de 2019 determinó que en la declaración de renta de las personas naturales estas deberán utilizar el sistema de tres rentas cedulares: general, de pensiones y de dividendos y participaciones.
La cédula general integra las rentas de trabajo mencionadas en el artículo 103 del ET; las rentas de capital obtenidas por conceptos de intereses financieros, arrendamientos, regalías y explotación de la propiedad intelectual; las rentas no laborales, que se componen de los honorarios de personas naturales que presten servicios y contraten por al menos 90 días, continuos o discontinuos, a dos (2) o más trabajadores asociados a la actividad; y demás ingresos que no se clasifiquen en las demás cédulas.
Las personas naturales residentes y sucesiones ilíquidas de causantes residentes deben aplicar las tarifas del artículo 241 del ET para determinar su impuesto sobre la renta líquida de las cédulas general y de pensiones, realizando antes una comparación con la renta presuntiva.
En este Caso Práctico Exclusivo te mostraremos la determinación de la renta líquida de las cédulas general y de pensiones para la aplicación de las tarifas del artículo 241 del ET.
Si deseas conocer más sobre este tema, te invitamos a la Actualícese Class: Declaración de renta de personas naturales AG 2020, en la que conocerás lo necesario para cumplir con esta obligación tributaria.