Para el impuesto de renta de personas naturales del año gravable 2020 se aplicarán por primera vez las disposiciones de la Ley 2010 de 2019, por lo que deberá prestarse especial atención a la depuración de las rentas cedulares.
Para el impuesto de renta de personas naturales del año gravable 2020 se aplicarán por primera vez las disposiciones de la Ley 2010 de 2019, por lo que deberá prestarse especial atención a la depuración de las rentas cedulares.
Para preparar y presentar la declaración de renta del año gravable 2020 de las personas naturales se deben tomar en cuenta los cambios introducidos con la Ley 2010 de 2019, que en gran medida retoma lo dispuesto en la Ley 1943 de diciembre 28 de 2018 declarada inexequible.
Debe tenerse muy en cuenta que el sistema cedular aplicado a las personas naturales residentes en Colombia seguirá constando de 3 cédulas.
En la segunda parte de esta Sesión de Actualización abordaremos el diligenciamiento de la cédula de dividendos y el reconocimiento de pérdidas en todas las cédulas en el formulario 210, además de los detalles del anticipo de renta, la renta por comparación patrimonial y el beneficio de auditoría.
(En este punto encontrarás el tiempo exacto en el que se aborda cada tema en la Sesión de Actualización)