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[ORO] Categorías de informantes de exógena por el año gravable 2017 y formatos que deben usar

En esta herramienta de Excel se ilustra cuál será el grupo de personas naturales y jurídicas que quedarían obligadas a entregar la exógena del año gravable 2017 y las novedades que se detectan en los diferentes formatos si se adoptan las mismas novedades exigidas para el año gravable 2018.

Fecha de publicación: 12 de diciembre de 2017
[ORO] Categorías de informantes de exógena por el año gravable 2017 y formatos que deben usar
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

En esta herramienta de Excel se ilustra cuál será el grupo de personas naturales y jurídicas que quedarían obligadas a entregar la exógena del año gravable 2017 y las novedades que se detectan en los diferentes formatos si se adoptan las mismas novedades exigidas para el año gravable 2018.

En octubre 28 de 2016 (antes de que se expidiera la reforma tributaria contenida en la Ley 1819 de diciembre 29 de 2016) la Dian expidió su Resolución 000068 solicitando la información exógena tributaria del año gravable 2017, que sería entregada a lo largo del mismo año 2017 (si se trataba de los ejecutores de convenios de cooperación internacional o las entidades que se fueran liquidando durante el 2017) o en los primeros meses del año 2018 (para los demás casos). Hasta la fecha en que se elaboró el presente archivo (noviembre 30 de 2017), la Resolución 000068 de octubre de 2016 solo ha sido modificada con las resoluciones 000022 de abril 10 de 2017 y 000042 de julio 11 de 2017.

La primera le introdujo 9 ajustes, 3 de los cuales fueron para corregir yerros mecanográficos de fechas que tenía la versión inicial de la norma; ver más información en nuestro editorial titulado Exógena años gravables 2016 y 2017: modifican forma de reportar las cuentas por cobrar y por pagar. La Resolución 000042 de julio 11 de 2017, le introdujo otros 2 ajustes en relación con los reportes de Deceval y del impuesto predial de los municipios; ver más información en nuestro editorial titulado Exógena 2016 fue modificada por cuarta ocasión; la de 2017 ya tiene una segunda modificación.

Sin embargo, ninguna de las dos modificaciones anteriores han servido para que la Resolución 000068 de 2016 quede ajustada a los cambios que introdujo la Ley 1819 de 2016 (pues la norma hasta ahora contenida en la Resolución 000068 de 2016 sigue solicitando informar por ejemplo en el formato 1001 las «autorretenciones a título del CREE de 2017» las cuales fueron eliminadas con la Ley 1819 de 2016). Por causa de lo anterior, es claro que la Dian tendrá que ajustar su Resolución 000068 de octubre de 2016 mediante otra resolución que se terminaría expidiendo antes de diciembre 31 de 2017.

Unido a lo anterior, y teniendo presente lo que ha sucedido con las solicitudes de información de los años gravables más recientes, es claro que la Resolución 000068 de octubre de 2016 a través de la cual se solicitó la información exógena del año gravable 2017 terminará siendo ajustada (con una resolución que se expediría antes de diciembre 31 de 2017) justamente para incorporarle las mismas novedades que se detectan en la solicitud de información para el año gravable 2018, solicitud que ya se hizo mediante la Resolución 000060 de octubre 30 de 2017. Así sucedió con la información del año gravable 2015, la cual fue solicitada inicialmente con la Resolución 000220 de octubre 31 de 2014 y terminó siendo modificada con la Resolución 000111 de octubre 29 de 2015 justamente para incluirle las mismas novedades que se solicitaban para el año gravable 2016 mediante la Resolución 000112 de octubre 29 de 2015. De igual forma, la Resolución 000112 de octubre 29 de 2015 terminó siendo modificada con la Resolución 000084 de diciembre 30 de 2016 para introducirle las mismas novedades que se solicitaron para el año gravable 2017 mediante la Resolución 000068 de octubre 28 de 2016.

Partiendo entonces del supuesto de que las novedades que se introdujeron en los reportes del año gravable 2018 también alcanzarán a ser incluidas en los reportes del actual año gravable 2017 (algo que de todas formas tendrá que formalizar la Dian mediante una resolución, que expedirá antes de diciembre 31 de 2017, con la cual modifique por tercera vez la Resolución 000068 de octubre de 2016), a continuación presentamos un cuadro sinóptico en el que se resumen quiénes serían los reportantes del año gravable 2017 y los formatos que tendrían que elaborar. Al mismo tiempo, se harán comparaciones contra lo que fueron los reportes del año gravable 2016 para detectar de esa forma cuáles son las novedades más importantes que se generarían para el reporte del actual año gravable 2017.

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