Para facturar electrónicamente, ya sea a nombre propio, mediante software gratuito o con proveedor tecnológico, es necesario contar con la autorización de rangos de numeración.
Este proceso debe surtirse en la plataforma Muisca de la Dian, considerando ciertos aspectos que mencionamos a continuación.
Las personas naturales del régimen simple no obligadas a llevar contabilidad pueden utilizar este beneficio en sus anticipos bimestrales y declaración anual.
El porcentaje del componente inflacionario de los intereses ganados en entidades financieras solo se conocerá cuando termine el 2020.
En diciembre de 2020 la Dian actualizará el listado de grandes contribuyentes.
La Resolución 000042 de 2020 les exige indicar que son grandes contribuyentes en sus facturas de venta en papel.
Ante esto surge una duda: ¿qué sucederá con quienes entren o salgan de este listado?
De acuerdo con el artículo 30 de la Ley 1393 de 2010, el empleador puede pactar que cierta parte de lo que se le paga al trabajador no constituya salario.
En todo caso, lo pactado como no salarial no podrá superar el 40 % del total de la remuneración percibida por el trabajador.
Violando lo dispuesto en el Decreto Ley 682 de 2020, el Gobierno expidió el Decreto 1474 de noviembre 19 de 2020 para fijar el tercer día sin IVA.
Sin embargo, el Decreto Ley 682 de mayo había mencionado que el reporte de tales ventas se debía enviar a la Dian a más tardar en agosto 31 de 2020.
Todos aquellos sujetos obligados a facturar electrónicamente deberán tener en cuenta ciertas particularidades asociadas a la facturación electrónica.
Lo anterior, con el propósito de efectuar un correcto cumplimiento de las disposiciones que rigen la materia y así evitar sanciones.
Dian publicó para comentarios proyecto de resolución que desarrolla el registro de la factura electrónica de venta como título valor. Hasta el 29 de noviembre se recibirán comentarios.
Después de finalizadas las tres jornadas sin IVA en Colombia para este año, donde en la última se registraron ventas por $5,8 billones se evidenció un nuevo récord.
A raíz de la pandemia del COVID-19, el mercado de la contratación laboral se verá afectado en gran manera durante la época decembrina.
El beneficio cobija a trabajadores dependientes e independientes cesantes y hasta donde lo permita la disponibilidad de los recursos.