El Plan Nacional de Desarrollo correspondiente a la vigencia 2018 – 2022, aprobado por el Congreso el 2 de mayo de 2019 y contenido finalmente en la Ley 1955 del 25 de mayo del mismo año, introdujo varias modificaciones a las normas del Estatuto Tributario.
Entre las normas que fueron modificadas y/o adicionadas por la Ley 1943 de 2018 se encuentran aquellas que rigen el procedimiento tributario y la creación del delito de defraudación o evasión tributaria, cuya ocurrencia conlleva a importantes sanciones.
Los estados financieros permiten analizar la situación financiera de la entidad al cierre de un período determinado. Con relación a ello, dichos estados podrán presentarse de manera consolidada, separada o combinada, dependiendo de la situación particular de cada entidad.
El reconocimiento contable de las inversiones en los estados financieros depende del tipo de relación que se establezca con la organización en la que se invierte. De esta manera, se puede distinguir entre inversiones en asociadas, controladas, negocios conjuntos o incluso instrumentos financieros.
Algunas de las instrucciones respecto a los plazos establecidos por la Resolución 000020 del 26 de marzo de 2019 con relación a la implementación de la factura electrónica, cuya masificación se dará entre 2019 y 2020 fueron modificadas por la más reciente Resolución 000030 del 29 de abril del mismo año.
La Ley 1010 de 2006 señala que el acoso laboral se refiere a toda conducta persistente y demostrable ejercida sobre un trabajador por parte de un compañero de trabajo, jefe superior, jerárquico o subalterno, cuya finalidad es generar terror, desmotivación en el trabajo o hasta su renuncia.
Entre las novedades introducidas por la Ley de financiamiento 1943 de 2018 pueden mencionarse la creación del régimen de compañías holding colombianas –CHC– y el régimen tributario en renta para las mega inversiones, los cuales señalan algunos beneficios en materia fiscal.
Por medio de la Resolución 000024 de abril 9 de 2019 se introdujeron ajustes a la información exógena del año gravable 2018. Dicha resolución fue incluida en el Diario oficial de abril 16 de 2019, pero solo circuló en internet el 23 de abril del mismo año.
A través del artículo 16 de la Ley 1943 de 2018 se modificaron y adicionaron algunos parágrafos al artículo 616-1 del ET, relacionados con la implementación de la factura electrónica. Igualmente, la Dian ha expedido varias resoluciones para dar cumplimiento a lo establecido en esta norma.
El reporte de información exógena por el año 2018 está ceñido a los requerimientos dados por la Resolución 000060 de 2017, los cambios efectuados por la Resolución 000045 de 2018 y la más reciente modificación parcial efectuada a estas anteriores normas a través de la Resolución 000024 de 2019.