Los trabajadores independientes son aquellas personas naturales que prestan sus servicios con total independencia a favor de un tercero, de manera que la responsabilidad por sus actividades recae sobre sí mismos, sin verse sometidos a órdenes por parte de un empleador. En su lugar, acuerdan las actividades a ejecutar con el contratante.
El régimen simple de tributación fue creado por la Ley de financiamiento 1943 de 2018 con el ánimo de brindar ventajas y garantías tributarias para los contribuyentes con emprendimientos pequeños. Bajo esta figura se unifican varios impuestos, se simplifica el sistema de liquidación y se eliminan algunas responsabilidades tributarias, razones que motivaron a 8.050 contribuyentes para inscribirse voluntariamente en el SIMPLE por el año gravable 2019.
Dando cumplimiento a las disposiciones del numeral 1 del artículo 20 de la Ley 43 de 1990, la Junta Central de Contadores –JCC– ha llevado a cabo, hasta el día de hoy, visitas in situ a los contadores públicos independientes y firmas de contadores, con el objetivo de verificar, en primera instancia, el cumplimiento de la Norma Internacional de Control de Calidad –NIIC 1– y el Código de Ética del IESBA.
Desde ahora, la implementación del sistema electrónico con validación previa será una obligación ineludible para los facturadores colombianos. Este sistema ha sido creado con el fin de establecer una medida de control y seguimiento a las operaciones comerciales desarrolladas dentro del territorio nacional.
Si bien el primer paso para crear empresa consiste en definir una idea de negocio que contenga una propuesta de valor y determinar su relación con aspectos como el mercado, el segmento objetivo de clientes, el desarrollo innovador del producto o servicio a ofrecer y los factores económicos y financieros que se desprenden del proyecto –todos aspectos que debe definir el emprendedor antes de tomar la decisión de crear empresa en Colombia–, se requiere también del cumplimiento de algunos requisitos de carácter tributario, comercial, laboral y contable que no se pueden obviar.
Como es de amplio conocimiento en el gremio de los contadores públicos y en el de los abogados, luego de dos años de la aprobación de la reforma tributaria estructural contenida en la Ley 1819 de 2016, el Gobierno actual promovió una nueva reforma, a la que denominó “Ley de financiamiento” (Ley 1943 de 2018).
Cada vez que se realiza una evaluación del desempeño de una empresa durante determinado período el interés principal de socios o accionistas y administradores es identificar la manera de mejorar los resultados obtenidos. Por lo anterior, es imperativo elaborar un presupuesto que guie las acciones que deben ejecutar las diferentes áreas de la organización para el cumplimiento de los objetivos trazados.
Respecto al marco conceptual para la preparación y presentación de estados financieros cabe señalar que los ingresos son incrementos en los beneficios económicos, generados a lo largo del ejercicio contable, en forma de entradas o incrementos de valor de los activos, o disminución de los pasivos, resultando en aumentos en el patrimonio neto de una entidad.
La declaración de renta de las personas jurídicas por el año gravable 2018 no solo deberá dar cuenta de algunas modificaciones a la Ley 1819 de 2016 y sus decretos reglamentarios (que entraron en vigor en el año gravable objeto de reporte), sino de otros cambios en materia de procedimiento tributario que introdujo la Ley 1943 de 2018.
Luego de fuertes debates al interior del Congreso de la República, y de las reacciones opuestas entre la población colombiana, el 28 de diciembre de 2018 fue expedida la Ley 1943, denominada entre sus promotores como Ley de financiamiento. Los cambios no fueron menores; en la búsqueda de recursos tendientes a equilibrar el presupuesto nacional resurgió el impuesto al patrimonio, se efectuaron ajustes a la propuesta de tributación simplificada para los emprendedores y pequeñas empresas, se intensificaron las sanciones contra los evasores, y aumentaron los mecanismos de control (entre los que se destacan el sistema de bancarización y la facturación electrónica), entre otras medidas no menos importantes.