Eliminación de ajustes por inflación para efectos contables en entidades vigiladas por la superintendencia bancaria
Funciones y Obligaciones Ley 550 de 1.999
Conforme a lo dispuesto en los artículos 83, 84, 85 y 86 de la Ley 222 de 1995, y el artículo 2º del Decreto 1080 de Junio 19 de 1996, así como en el Decreto 3100 del 30 de diciembre de 1997, corresponde a la Superintendencia de Sociedades ejercer la inspección, vigilancia y control de las sociedades comerciales, sucursales extranjeras y empresas unipersonales, en los términos establecidos en las mencionadas disposiciones. Con base en los mismos la Entidad esta facultada para «solicitar, confirmar y analizar información sobre la situación jurídica, contable, económica y administrativa de Cualquier Sociedad» salvo aquellas sujetas a la vigilancia de la Superintendencia Bancaria.
Radicación de documentos
SOLICITUD DE INFORMACION FINANCIERA DEL AÑO 2000
Supuestos y Requisitos para solicitar la promoción de un acuerdo de reestructuración.
La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con base en los datos suministrados por la Superintendencia Bancaria y el Banco de la República y considerando
Con base en la información suministrada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística – DANE – la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en cumplimiento de lo establecido en el articulo 331 del Estatuto Tributario se permite publicar el PAAG que regirá para el año gravable de 2000.
Resoluciones Externas 8 y 9 de 2000 de la Junta Directiva del Banco de la República
EJERCICIO DEL CARGO DE REVISOR FISCAL. REQUISITOS, OBLIGACIONES Y ALGUNAS RESTRICCIONES LEGALES.