No existe inhabilidad alguna para que el contador público que haya revisado una contabilidad sin tener el carácter de revisor fiscal, ni de funcionario público, se desempeñe como contador de la misma compañía, inmediatamente después de culminar dicha revisión.
Dian expide el Concepto 33637 de 2018, mediante el cual se pronuncia sobre el tratamiento tributario en el impuesto de renta y complementario de las herencias.
El CTCP concluye que todos los productores de papa sujetos al aporte parafiscal “fomento de la papa”, deberán reconocerlo como un gasto del período.
Cabe resaltar que la administración de una entidad es la encargada es la responsable de los estados financieros, por ende, en caso de perdida de los de los libros contables, será esta la encargada de velar que la información este para la reconstrucción de la información financiera.
Mediante la presente doctrina, el CTCP infiere que cuando los recursos recibidos por una empresa de servicios públicos domiciliarios cumplen la definición de subvención gubernamental, se deberán reconocer en el resultado del periodo o como un pasivo o como un componente separado del patrimonio.
El CTCP concluye que las ganancias o pérdidas originadas por la participación en los resultados del periodo de una asociada, negocio conjunto o subsidiaria se debe presentar de forma separada en el estado de resultados integral.
La Superintendencia Financiera de Colombia informa las modificaciones que se presentaron del 2 al 29 de octubre de 2018, en los portafolios de referencia de los tipos de fondos de pensiones obligatorias y del portafolio de largo plazo del fondo de cesantía.
Mediante la presente doctrina, el CTCP reitera que los servicios de aseguramiento que tienen un componente financiero o relacionado con las actividades descritas en el artículo 2 de la ley 43 de 1990 deben ser prestados por un contador público titulado.
El CTCP concluye que, en relación con los soportes, comprobantes de contabilidad y libros, los artículos 123, 124, 125, 126, 127, 128, 133, 134 y 135 del Decreto 2649 de 1993 aún se encuentran vigentes.
El CTCP reitera que los aportes de los accionistas o socios no cumplen la definición de ingresos, a menos que dichos pagos se realicen por transacciones relacionados con la prestación de servicios o venta de bienes.