Por el cual se dictan medidas transitorias para contribuir al fortalecimiento de la solidaridad y la economía social, y conjurar la Emergencia Económica, Social y Ecológica en el municipio de Mocoa, Departamento del Putumayo.
Mediante el Decreto 670 de 2017 se modifica el artículo 2.2.2.24.6 del Decreto Único 1074 de 2015, reglamentario del sector comercio, industria y turismo, en lo referente a la declaratoria de razones de interés público. Con esta modificación se establece la creación de un Comité Técnico Interinstitucional conformado por, al menos un por un delegado de la autoridad competente definida de acuerdo con el artículo 2.2.2.24.2 del Decreto 1074, un delegado de Mincomercio y un delegado del director del Departamento Nacional de Planeación, elcual deberá pertenecer a la división sectorial correspondiente a la materia de que trate la solicitud.
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo adicionó la Sección 5 al capítulo 41 del Decreto 1074 de 2015, que reglamenta el artículo 3 de la Ley 1780 de 2016, el cual estableció la exención del pago de la matricula mercantil de las pequeñas empresas jóvenes. La nueva sección señala que a dicha exención podrán acogerse las empresas cuyo personal no supere los 50 trabajadores y sus activos totales no excedan los 5.000 smmlv. Asimismo, si la empresa está conformada por personas naturales, ellas deberán tener entre 18 y 35 años; en el caso de las personas jurídicas, la empresa deberá tener participación de una o varias personas que tengan entre 18 y 35 años y que representen como mínimo la mitad más uno de las cuotas, acciones o participaciones en que se divide su capital. La nueva sección también establece el procedimiento para acceder a los beneficios, las condiciones para conservar los beneficios y quienes no podrán acceder a los mismos.
Mediante el Decreto 320 del 28 de febrero de 2017, se conformó la Comisión de Estudios del Gasto Público y de la Inversión en Colombia, y se definieron sus integrantes, dentro de quienes se nombró al Doctor Juan Manuel Charry Urueña. Sin embargo, mediante comunicación del 4 de marzo del 2017, él presentó su renuncia como integrante de dicha comisión. Por lo anterior, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Decreto 636 del 18 de abril de 2017, con el cual acepta esta renuncia y modifica el artículo 1 del Decreto 320 de 2017, excluyendo al Doctora Charry Urueña de tal comisión.
El Ministerio de Salud y Protección Social reglamenta la evaluación, seguimiento y control de las actividades de importación, exportación, cultivo, producción, fabricación, adquisición, almacenamiento, transporte, comercialización, distribución y el uso de semillas del cannabis y sus derivados, para fines médicos y científicos, así como los productos que los contengan en el marco de la Ley 1787 de 2016.
En la presente norma también se especifica todo lo relacionado con las licencias para la realización de actividades relacionadas con el manejo de las semillas para siembra, el cultivo de plantas de cannabis y la transformación del cannabis para la producción de derivados psicoactivos y no psicoactivos, con fines médicos y científicos.
Alcaldía de Bogotá. Por el cual se establece en el Distrito Capital el procedimiento de aplicación de ciertos incentivos tributarios contemplados en la Ley de reforma tributaria estructural 1819 de 2016.
Ministerio del Trabajo. Por el cual se adiciona al título 9 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1072 de 2015 o Decreto Único Reglamentario del sector trabajo un capítulo 5°, para reglamentar la prestación humanitaria periódica para las víctimas del conflicto armado de que trata el artículo 46 de la Ley 418 de 1997, y su fuente de financiación.
Por el cual se declara el estado de emergencia económica, social y ecológica en el municipio de Mocoa, Putumayo.
Ministerio de Hacienda. Mediante el cual se establece la tarifa de retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta por actividades de estudios de mercadeo y realización de encuestas de opinión pública.
Ministerio de Hacienda. En el cual se reglamenta la emisión y control de la boletería electrónica para los empresarios que realizan espectáculos públicos de artes escénicas. Además del seguimiento de la contribución parafiscal cultural.