El CTCP aclara que el contador público deberá cumplir con las condiciones establecidas en el contrato. Dicho contrato podría establecer la responsabilidad de preparar y presentar los estados financieros de un período anterior.
Consejo Técnico de la Contaduría PúblicaConcepto 0441 Julio 22 de 2021 El CTCP aclara aspectos relacionados con la fecha de aplicación de la NIA 701 para las entidades del grupo 1 de acuerdo con lo establecido en el Decreto 2270 de 2019. Para descargar este documento en PDF, haz clic aquí (337 Kb)
El CTCP concluye que no pagar los honorarios al contador público representa un incumplimiento del contrato, por lo que el profesional podrá darlo por terminado y exigir las indemnizaciones pertinentes. Además, recomienda elaborar un acta de entrega del cargo.
El CTCP resalta la importancia del respeto en las relaciones entre el contador público y sus colegas, contempladas en la Ley 43 de 1990. Las posibles violaciones al Código de Ética podrían llevar a que el contador público sea objeto de sanciones.
La Superintendencia clarifica que el derecho de inspección no puede verse alterado en sus presupuestos mínimos por decisión colegiada de los órganos sociales. Además, deberá verificarse la naturaleza de la documentación objeto de inspección para definir una condición de reserva.
El CTCP aclara aspectos relacionados con el límite de revisorías fiscales a cargo de un contador público de acuerdo con el artículo 215 del Código de Comercio.
El CTCP precisa que los documentos comprobantes y soportes contables no requieren necesariamente estar impresos en papel para obtener la información necesaria a la que se refieren y la validez probatoria requerida.
La Supersociedades clarifica que no es obligatorio que el oficial de cumplimiento del sistema de gestión de riesgos de soborno trasnacional esté vinculado laboralmente a la empresa. Adicionalmente, la empresa deberá velar por tener a su disposición los recursos para el cumplimiento de sus funciones.
La Superintendencia de Sociedades clarifica que las empresas de responsabilidad limitada no están obligadas a someter a aprobación el inventario de liquidación ante esta entidad, de igual manera, precisa que no le corresponde al superintendente impartir la autorización de los inventarios.
El CTCP indica que en el presupuesto de las propiedades horizontales deben incluirse los flujos que se esperan por cuotas vencidas e intereses, así como los descuentos y los niveles de cartera de cuotas futuras que no serán recuperadas.