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Concepto 914 de 25-10-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 25 de octubre de 2017

Los soportes contables son propiedad de la organización y en caso de ser requeridos por parte de un tercero, deben ser solicitados de manera forma o mediante mandato judicial. Cabe señalar que, aunque no existe una norma explícita que impida dicha práctica respecto al hecho que el contador público tenga copia de los soportes, es su deber el aplicar normas de ética hacia sus clientes.

Concepto 901 de 24-10-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 24 de octubre de 2017

El CTCP señala que la NIC 21 y la Sección 20 del marco técnico normativo para pymes, establecen los lineamientos para la contabilización de transacciones en moneda extranjera para una entidad que sea clasificada en el grupo 1 o 2, respectivamente.

Concepto 900 de 24-10-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 24 de octubre de 2017

El parágrafo 4.10 del Marco Concepto para la Información Financiera, establece de forma general qué es un activo. Sin embargo, el CTCP precisa que el hecho de que una partida no esté incluida en los ejemplos mencionados en dicho párrafo, no implica que no pueda ser un activo, pues el principio básico es la capacidad de la generación de beneficios económicos. Cabe señalar que, independientemente del beneficio económico incorporado, si el beneficio no puede ser controlado por la entidad, no podría reconocerse como activo. Así pues, si por ejemplo, un lote no genera beneficios económicos, no cumple con el concepto de activo, y por tanto, no se reflejaría en los estados financieros. Pero si la entidad puede controlar el activo (lo cual no implica necesariamente que tenga la propiedad legal, sino el acceso a beneficios exclusivos) y este le genera beneficios económicos, debe ser reconocido.

Proyecto de Resolución por el cual prescribiría el Formulario 150

Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD, Proyectos Publicado: 23 de octubre de 2017

La Dian publicó el proyecto de resolución por el cual prescribiría el formulario y se establecería el procedimiento para la presentación de la declaración de renta por cambio de titularidad de la inversión extranjera – Formulario 150.

Concepto 894 de 23-10-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 23 de octubre de 2017

Al finalizar su relación con el cliente, el contador público debe revisar las condiciones de su contrato con el fin de conocer los papeles, documentos e informes que debe entregar para dejar resueltos todos los aspectos relacionados con su ejercicio profesional.

Concepto 902 de 23-10-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 23 de octubre de 2017

Los requerimientos establecidos en el Decreto 2650 de 1993, quedaron sin vigencia a partir de la aplicación de los nuevos marcos de información financiera. Respecto al Decreto 2649 de 1993, solo se encuentran vigentes aquellas normas que no hayan sido objeto de regulación en los decretos reglamentario de la Ley 1314 de 2009.

Concepto 899 de 23-10-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 23 de octubre de 2017

De acuerdo con la Orientación Técnica No. 15 “Copropiedades de uso residencial o mixto”, cuando las cuotas extraordinarias tengan como objetivo la construcción o compra de nuevos bienes comunes, esenciales y no esenciales, que no han sido desafectados, o la mejora de los bienes ya existentes, estas se consideran contribuciones temporalmente restringidas y su manejo depende del método de contabilidad que aplique la entidad (el método diferido o la contabilidad de fondos); por tanto, además de generar el registro contable correspondiente como pasivo (ingreso diferido), este debe realizarse de manera individual por cada copropietario a fin de poder efectuar el control sobre los valores pagados y adeudados por dicho concepto. En el momento en que se cumplan los requisitos, la copropiedad deberá realizar la amortización del pasivo (ingresos ordinarios) afectando el ingreso de actividades ordinarias y de forma simultánea reconociendo el gasto o activo según corresponda, para lo cual no es necesario realizar el registro correspondiente uno a uno.

Concepto 897 de 20-10-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 20 de octubre de 2017

El CTCP señala que, para determinar los registros contables que debe realizar una entidad que recibe los derechos fiduciarios como parte de pago para posteriormente entregarlos como parte de pago a uno de sus proveedores (cuentas por pagar), es necesario que se aclare el tipo de fiducia que está involucrada en esta transacción y si la entidad ha recibido de parte del patrimonio autónomo un título en garantía como respaldo de sus obligaciones; también si otros terceros son titulares de tales derechos. Cabe señalar que los negocios fiduciarios son actos de confianza en virtud de los cuales una persona entrega a otra uno o más bienes determinados, transfiriéndole o no la propiedad de los mismos, con el propósito de que ésta cumpla con ellos una finalidad específica, bien sea en beneficio del fideicomitente o de un tercero. Incluye la fiducia mercantil y los encargos fiduciarios, al igual que los negocios denominados de fiducia pública y los encargos fiduciarios públicos.

Concepto 893 de 19-10-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 19 de octubre de 2017

El parágrafo 1 del artículo 19 de la Ley 1797 de 2016 estableció una excepción para el reconocimiento de los recursos del subsidio monetario, el cual modifica el concepto de causación y los criterios de reconocimiento de activos, pasivos, ingresos y gastos contenidos en los marcos de información financiera, y tiene efecto en la representación fiel y pertinencia de los informes financieros de propósito general elaborados por estas entidades.

Concepto 890 de 19-10-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 19 de octubre de 2017

Los ganaderos, personas naturales (que lleven contabilidad como medio de prueba) y personas jurídicas (cualquier que sea su forma asociativa), deberán clasificarse en alguno de los tres grupos definidos para la aplicación e implementación de los estándares internacionales de información financiera que les corresponda, validando su situación considerando los requisitos de clasificación contemplados en los decretos reglamentarios de la Ley 1314 de 2009.