En el formato 1003 v.7 debe presentarse un reporte de retenciones en la fuente a título de renta, IVA y timbre, que terceros hayan practicado a la entidad o persona informante. La estructura de la hoja de trabajo es una copia de la que se presentaría para el formato 1003 cuando se use el prevalidador.
En esta herramienta puede encontrar un cuadro resumen con las categorías de las personas o entidades que deben presentar la información exógena por el año gravable 2017; se relacionan los formatos que deben entregar, la información a reportar; y se indican las fechas para presentarlos.
En el formato 1004 v.7 se reportará información al respecto de los terceros a los cuales se les realizaron pagos o abonos en cuenta que fueron tomados en los renglones de descuentos tributarios de la declaración de renta. La estructura de la hoja de trabajo es una copia de la que se presentaría para dicho formato.
En el formato 2276 v.1 se reportan datos de los certificados de ingresos y retenciones a empleados. En el formato 2278 v.1, los datos de terceros a quienes se entregaron bonos, vales y otros documentos para pagos a trabajadores, y en el formato 2280 v.1 los datos de empleadas mujeres víctimas de la violencia.
En el formato 1647 v. 2 se reportará información de la totalidad de los ingresos que se recibieron (facturaron) para terceros por desarrollar figuras como la de intermediación comercial, caso por ejemplo de los comerciantes que reciben mercancías en consignación y las facturan por cuenta del tercero, etc.
En el formato 1010 v. 8 se reportará información personal y aportes sociales de los socios, accionistas, comuneros, cooperados y hasta asociados de los fondos de empleados, a diciembre 31 de 2017, solo cuando el monto de sus aportes sociales a diciembre 31 de 2017 sea superior a $1.000.000.
En el formato 1001 V. 9 se reportan en forma individualizada los pagos o abonos en cuenta efectuados a terceros en Colombia o en el exterior, deducibles o no en renta, y los valores de las retenciones a título de renta, IVA y timbre practicadas o asumidas con los mismos que superen los $100.000 por todo concepto.
A continuación, destacamos varias sentencias y decretos emitidos durante 2017 y lo corrido de 2018, cuyas reglamentaciones o aclaraciones son de vital importancia al momento de preparar la declaración del impuesto sobre la renta y complementario de las personas jurídicas por el año gravable 2017.
El nuevo formulario 110 para el año gravable 2017 y fracción de 2018 fue prescrito el pasado 20 de marzo; los vencimientos, por su parte, iniciarán el 10 de abril. En esta herramienta encontrará formulados los 105 renglones del formato, con cada uno de sus anexos y la respectiva conciliación fiscal.
Este formato puede ser utilizado con fines de control interno por parte de la persona encargada de la caja, para fines de supervisión por parte del administrador o con fines de auditoría por parte de un revisor fiscal. Con esta herramienta se evidencian faltantes o sobrantes de los saldos de caja.