A continuación se presenta el modelo completo de dictamen limpio del revisor fiscal, en especial para una Pyme que en 2016 presenta por primera vez estados financieros de acuerdo con las Normas Internacionales y aplicando NIA junto con procedimientos de interventoría de cuentas, tal como lo ordenan el artículo 208 del Decreto especial 410 de 1971 (Código de Comercio) y el Decreto Único Reglamentario –DUR– 2420 del 2015.
El 19 de octubre del 2016, Mauricio Cárdenas, ministro de Hacienda, radicó el Proyecto de Ley Reforma Tributaria Estructural, que se compone de «Partes» y «Capítulos». A continuación se relacionan estos y su respectivo número de página correspondiente al documento presentado por Cárdenas.
Este es un formato guía que le servirá al momento de contratar a un empleado con salario integral, en él se contemplan las cláusulas básicas para contratar a dicho trabajador conforme al parámetro de la normatividad vigente.
Antes de diciembre 15 del 2016, la DIAN deberá actualizar el listado de grandes contribuyentes. Mediante la siguiente matriz, según los valores y respuestas suministradas por el usuario, se podrá determinar si este cumple con los criterios para ser calificado como Gran Contribuyente.
Las entidades que pertenecen al Grupo 2 de la Convergencia a Estándares Internacionales presentarán al cierre del 2016 sus primeros estados financieros comparativos, en esta herramienta ilustramos de manera didáctica algunas de las labores que deben realizar los contadores para avanzar del ESFA hasta dichos informes.
Conforme al artículo 39 del Decreto 2243 del 2015, la periodicidad para presentar y pagar la declaración de retención en la fuente a título de CREE puede ser mensual o cuatrimestral. En este mismo, se especifica el valor de los ingresos brutos para identificar dicha periodicidad.
Entre enero y marzo del 2017 las pymes colombianas deberán preparar y presentar, en juntas de socios y asambleas de accionistas, los primeros estados financieros comparativos bajo Estándares Internacionales de Información Financiera. Para el cumplimiento de dicho requisito es indispensable acompañar los informes de una certificación del representante legal y del contador público. En este modelo planteamos una guía sobre la veracidad de la información ahí contenida.
Conforme al artículo 600 del ET, el período gravable del impuesto sobre las ventas puede ser bimestral, cuatrimestral o anual. En este mismo, se especifican las condiciones para identificar la periodicidad que le corresponde al responsable de este impuesto.
A fines del 2016 las pymes colombianas elaborarán sus primeros estados financieros comparativos bajo Estándares Internacionales de Información Financiera, y durante los primeros tres meses del 2017 los presentarán ante las asambleas de socios o juntas de accionistas; este formato es una guía del informe que podrán adjuntar los representantes legales y presidentes de junta directiva de las pymes reportantes sobre el avance del proceso de convergencia.
Para obtener la certificación de beneficios ambientales y así acceder al beneficio de exclusión del IVA, es necesario diligenciar el formato 2. “Especificaciones de los servicios”, cuando se incluyan servicios en las nuevas inversiones en proyectos de fuentes no convencionales de energía renovable.