En esta plantilla se ilustran, con algunos comentarios básicos, lo que serían las 24 columnas que ahora se tendrán que manejar en la nueva versión de este formato.
Aprovechando las ventajas del software Storm User de la Supersociedades, es posible generar una plantilla como la contenida en este archivo para elaborar el borrador del nuevo informe “42-Prácticas Empresariales”, el cual debe entregarse entre el 5 y el 16 de mayo de 2014. Este nuevo reporte es diferente del que se usó hasta el año 2012 cuando se hacía con la opción 31 del Software Storm User. En esta plantilla hemos integrado los enlaces a materiales adicionales que son necesarios consultar para diligenciar correctamente este informe.
Para efectos de la correcta interpretación de las normas referentes al Impuesto sobre la Renta y Complementarios e igualmente las referentes al Impuesto sobre la Renta para la Equidad – CREE, es necesario hacer claridad sobre la clasificación general que el Estatuto Tributario hace de las personas jurídicas y naturales que desarrollan actividades económicas dentro del país. Nos referimos a la clasificación que se les hace entre “Contribuyentes” y “No Contribuyentes”. A su vez, de estos dos grandes grupos se derivan otros subgrupos en los cuales, según las disposiciones vigentes, se definen las características específicas para cada uno de ellos. El cuadro sinóptico que se presenta a continuación aclara las diferencias básicas entre estos “grupos” y “subgrupos” de acuerdo a las normas vigentes a diciembre 31 de 2013.
Cuadro Sinóptico que describe cada uno de los formatos que deben utilizar las distintas entidades y personas informantes.
Lista de chequeo para evaluar el cumplimiento de obligaciones en el área administrativa, relacionadas con los más importantes elementos a tener en cuenta al Cierre contable del año 2013.
Presentamos el histórico 2010 a 2014 de las tarifas y honorarios profesionales y remuneración para Contadores Públicos basados en la Orientación Profesional del Consejo Técnico de la Contaduría Pública de 2009 ratificada con el Concepto 144 del 27 de junio de 2013.
De acuerdo a la Resolución 000057 del 19 Febrero 2014 la cual modifica la 0151 de noviembre de 2012 sobre el proceso de solicitud devolución o compensación de saldos a favor en renta, IVA y CREE ( véase el art. 7 a 12 del decreto 2701 de nov. de 2013).
Durante el año 2014 podrán seguir perteneciendo al régimen simplificado del IVA, o podrán inscribirse por primera vez en dicho régimen (si durante el 2014 piensan iniciar alguna actividad que las convierta en responsables del IVA), las personas naturales, sin incluir sucesiones ilíquidas, que desarrollen actividades gravadas con IVA que cumplan con la totalidad de los siguientes requisitos:
En esta herramienta se muestran en versión comparativa los textos de las normas que terminaron siendo modificadas y/o adicionadas. Con eso se facilitará el estudio de los importantes cambios que el Gobierno introdujo en esta materia.
En este documento quedan resumidos los principales conceptos que quedarán sujetos a retenciones en la fuente durante el 2014, indicándose sus bases mínimas, tanto en pesos como en UVT, al igual que sus respectivas tarifas.