Si una persona natural que no lleva contabilidad posee acciones preferentes en sociedades nacionales y por ese motivo le distribuyen “rendimientos financieros” ¿puede tomarse sobre esos rendimientos el beneficio de ingreso no gravado por componente inflacionario?
A través de la Resolución 009061 de 2020, la Dian fijó el nuevo listado de grandes contribuyentes para los años 2021 y 2022.
Para esta ocasión, la Dian redujo de 3.600 a 2.500 el número de responsables que mantendrán la categoría de grandes contribuyentes.
¿Qué debe hacer un contribuyente que se encuentra obligado a declarar virtualmente cuando falla la plataforma de la Dian?
¿Para solicitar un reintegro de costos y gastos se debe elaborar una nueva “factura de venta”?
Si la UGPP hace corregir a una persona natural sus planillas de aportes a seguridad social y le hace liquidar un mayor valor de aportes a pensión y salud ¿la persona solo puede restar ese mayor aporte en la declaración de renta del año al que correspondía el aporte, o los puede restar en la declaración del año en que corrigió las planillas?
¿Los costos en qué incurren las empresas por las fiestas para los empleados pueden ser tomados como deducibles en el impuesto de renta?
La declaración del IVA debe ser presentada de forma bimestral, cuatrimestral o anual, conforme al monto de los ingresos percibidos por el contribuyente y el régimen al que pertenezca.
Cuando esta declaración se presenta en un período que no le corresponde, deberá ser presentada de nuevo.
¿Una persona jurídica que entra en disolución puede seguir perteneciendo al régimen simple de tributación?
Mediante la Ley 2064 de diciembre 9 de 2020, el Gobierno nacional establece estrategias para inmunizar la población colombiana contra el COVID-19.
Dicha ley concede beneficios tributarios para las personas y empresas que realicen donaciones públicas que contribuyan al mayor acceso a una futura vacuna.
El artículo 235-3 del Estatuto Tributario menciona que estos contribuyentes utilizarán la tarifa del 27 % para liquidar su impuesto de renta y complementario. Sin embargo, el Decreto 1157 de agosto 21 de 2020 aclaró que dicha tarifa no aplicará para liquidar el impuesto de ganancia ocasional.