Para Luis Hernando Franco Murgueitio, en vez de pensar en más y nuevos impuestos se debe perseguir a los ilegales que no tributan.
Se debe incluir en la base tributaria a quienes no declaran, los que no están en el radar de la Dian.
El equipo investigativo económico de Corficolombiana argumenta que en el país hay una necesidad de hacer una reforma fiscal, esto para reducir el déficit en dos puntos del PIB.
Con el plan de modernización de la Dian, los ingresos tributarios podrían incrementarse en un 14,2 % en el primer año y en un 14,7 % en el quinto.
La Dian debe posicionar la factura electrónica con campañas de capacitación y difusión de información a través de canales virtuales y redes sociales.
¿El Decreto 1457 de noviembre 12 de 2020 aclaró si la retención trasladable por dividendos del artículo 242-1 del ET aplica solo a los dividendos no gravados de los años 2017 y siguientes que se distribuyan a otras sociedades nacionales?
¿Ya se conoce cuál será el valor de la UVT para 2021?
En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, resuelve las principales inquietudes relacionadas con el valor de la UVT de 2021, la conciliación fiscal de 2020, la exógena, la economía naranja, el componente inflacionario y otros temas de la actualidad.
¿Las personas naturales del régimen simple también pueden utilizar el ingreso no gravado por el componente inflacionario de los intereses ganados en entidades financieras?
Para el último mes de 2020, además de las novedades normativas que comienzan a ser expedidas por el Gobierno nacional, es importante tener en cuenta las últimas obligaciones tributarias próximas a vencerse.
Durante diciembre finalizan los plazos para implementar la factura electrónica, así como para presentar el Informe País por País.
¿Cuál es el tratamiento tributario de las pérdidas de años anteriores de las personas naturales residentes que declaran en el formulario 210 a través del sistema cedular?
¿Una persona natural que estaba inscrita en el régimen simple de tributación y que falleció por causa del COVID-19, puede seguir perteneciendo como sucesión ilíquida a dicho régimen?