El Decreto 1843 de diciembre 24 de 2021 reglamentó las novedades en rentas exentas de economía naranja.
Las sociedades que iniciaron operaciones antes de diciembre 31 de 2021 contarán con 7 años de rentas exentas, pero aquellas que lo hagan entre enero 1 y junio 29 de 2022 solo contarán con 5 años.
Mediante el Decreto 1847 de diciembre 24 de 2021 se reglamentaron los cambios al régimen simple que la Ley 2155 de 2021 le introdujo al ET.
A partir del 2022 se podrá optar por el régimen simple si los ingresos brutos fiscales del año anterior no superaron los 100.000 UVT.
La Secretaría Distrital de Hacienda compartió en su portal el calendario tributario distrital 2022. Este presenta las fechas que se deben tener en cuenta al momento de cumplir con las obligaciones de los tributos administrados por la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá.
La Ley de Inversión Social, Ley 2155 de septiembre 14 de 2021, introdujo cambios importantes en materia tributaria. Entre otros aspectos, la ley modifica la tarifa general del impuesto de renta de las personas jurídicas, recorta el gasto público y autoriza diferentes subsidios para la población.
La periodicidad del IVA en 2022 puede ser bimestral, cuatrimestral o anual, dependiendo de los ingresos brutos del contribuyente.
A través del Decreto 1778 de 2021, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público estableció los plazos para declarar dicho impuesto.
Aquí te contamos más al respecto.
La cuantía mínima de retención en la fuente para los colocadores independientes de juegos de suerte y azar es de 5 UVT diarias.
El valor de la UVT fijado por la Dian para 2022 es de $38.004.
Aquí te contamos cuál es el valor en pesos de este indicador y la normativa que lo regula.
Para el año gravable 2022, serán personas naturales retenedoras los comerciantes que en el año 2021 hubiesen poseído un patrimonio o ingresos brutos superiores a 30.000 UVT.
Esta obligación recaerá respecto de pagos por honorarios, comisiones, arrendamientos, rendimientos financieros y compras.
Por el año gravable 2022, los agentes de retención tendrán plazo para expedir certificados de retención del año gravable 2021 hasta el 31 de marzo.
Así lo indicó el calendario tributario del Decreto 1778 de diciembre 20 de 2021.
El impuesto al consumo consiste en el cobro del 8 % a algunos sectores, los cuales se vieron seriamente afectados por el COVID-19.
José Manuel Restrepo dice que con la reforma tributaria se ha consolidado la reactivación económica que tanto ha esperado el país; recuperación que avanza a grandes pasos.