El presidente de la república, Iván Duque, sancionó la Ley 2010 del 27 de diciembre de 2019, Ley de crecimiento económico, luego de que fuera aprobada por el Congreso de la República.
La conciliación fiscal es una obligación de carácter formal, aplicable a los contribuyentes del impuesto de renta obligados a llevar contabilidad. Así pues, las entidades del régimen tributario especial también deben cumplir con este requerimiento toda vez que si su excedente fiscal no puede tomarse como exento en su totalidad, deberán contribuir con un 20%
Mediante Resolución 000084 del 28 de noviembre de 2019, Dian fijó el valor de la unidad de valor tributario aplicable para el próximo año.
Conforme a lo señalado en el artículo 639 del ET y teniendo en cuenta que la UVT para 2020 quedó fijada en $35.607, el valor de la sanción mínima para efectos tributarios a pagar en 2020 será de $356.000.
El artículo en mención también señala las situaciones en que no es aplicable la sanción mínima.
Las personas naturales comerciantes que en el año anterior hubiesen poseído un patrimonio o ingresos brutos superiores a $1.028.100.000 serán agentes de retención sobre los pagos por concepto de honorarios, comisiones, arrendamientos, rendimientos financieros y compras para el año 2020.
Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Decreto 2345 de 2019 por medio del cual se establecen los plazos para declarar y pagar el IVA en el 2020.
Es importante recordar que el período gravable de este impuesto ha sido bimestral o cuatrimestral desde el año 2017.
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el Decreto 2345 de 2019, por el cual se modifica el DUR 1625 de 2016 y se establecen los plazos para declarar y pagar en el año 2020. El 23 de diciembre de 2019, el Ministerio de Hacienda publicó el Decreto 2345 de 2019 a través […]
Los agentes de retención tendrán este plazo máximo para expedir los certificados donde consten las retenciones practicadas en el año gravable 2019.
Activos denominados fiscalmente de menor cuantía serán los de costo igual o inferior a 50 UVT, equivalentes a $1.780.000 en el año 2020, por cuanto el valor de la UVT es de $35.607.
La Dian fijó el valor de la UVT en $35.607 para el 2020.
Por tanto, la cuantía mínima para saber si un colocador independiente de juegos de suerte y azar estará sometido a retención se fijó en $178.000 (5 UVT) y la tarifa de retención a título de renta corresponde al 3 %.