Corte Constitucional. Recalcó que para el acceso a la sustitución pensional es indebido exigir formalidades distintas a las ordenadas por la ley.
Consejo de Estado. Explicó frente a la responsabilidad del liquidador que éste solo la asumirá cuando se trate de sus funciones; recordó, que las acciones para que asuma la responsabilidad prescriben en 5 años contados a partir de la aprobación de la cuenta final de liquidación.
Corte Suprema de Justicia. Con ocasión del juicio ejecutivo hipotecario promovido por Central de Inversiones S.A.
Corte Constitucional. La Sala sexta de revisión de la Corte Constitucional aclaró que el derecho a la estabilidad laboral reforzada aplica para todo trabajador en situación de debilidad manifiesta sin importar el tipo de contrato.
Corte Suprema de Justicia. El Instituto de Seguros Sociales -ISS- no estaba obligado a actualizar las cotizaciones que se causaran antes de 1991, toda vez que para dicha fecha no existía la figura de la indexación en asuntos pensionales.
Corte Suprema de Justicia. Indicó que el uso de celular en horario laboral no es causal de despido, toda vez que es una respuesta desproporcionada de parte del empleador.
Corte Suprema de Justicia. Mediante la cual la Corte Suprema de Justicia señaló que la doble cotización de aportes a pensión no se debe tomar como pagos futuros.
Consejo de Estado. Explicó los 3 elementos esenciales necesarios para demostrar la existencia de una relación laboral.
Corte Suprema de Justicia. Indicó que la pensión de invalidez se valida a partir de hechos ocurridos luego de la afiliación al sistema.
Corte Suprema de Justicia. Aclaró que las denuncias penales contra compañeros de trabajo no pueden dar lugar a la terminación justa del contrato.