El Gobierno sancionó la Ley 1924 de 2018, por la cual se autoriza a la nación (Ministerio de Hacienda y Crédito Público) para capitalizar al Servicio Aéreo a Territorios Nacionales S.A por $92.835.000.000; dicha capitalización se realizará en dos vigencias: hasta $61.000.000.000 en la vigencia 2018, y hasta $31.835.000.000 en la vigencia 2019.
Por lo anterior, la nación recibirá, a cambio de dicha capitalización, el número de acciones ordinarias al valor nominal que tengan en los respectivos estatutos. Cabe resaltar que la capitalización en mención será destinada exclusivamente a la compra de aeronaves.
El Gobierno sancionó la Ley 1923 de 2018, por la cual se regulan los programas y proyectos de inversión que se financiarán con recursos del fondo de ciencia, tecnología e innovación del sistema general de regalías, previstos en el parágrafo 5 del artículo 361 de la Constitución Política.
En la presente norma se imparten los lineamientos para la presentación de los programas y proyectos, las convocatorias y la ejecución de los mismos, con el fin de optimizar recursos y garantizar el máximo aprovechamiento por parte de la comunidad.
El Gobierno sancionó la presente ley, por la cual se modifica la Ley 23 de 1982 y a su vez se derogan los artículos 58 al 71 y el 243 de la misma ley. Dentro de los temas principales de que trata la presente normativa están: 1) Precisar el alcance de algunos derechos patrimoniales de autor y conexos, teniendo en cuenta los desafíos del entorno digital; 2) Aumentar el plazo de protección para personas jurídicas; 3) Actualizar el régimen de limitaciones y excepciones a los derechos de autor y conexos; 4) Establecer el régimen de uso de obras huérfanas; 5) Establecer disposiciones en cuanto a las medidas tecnológicas de protección; 6) Actualizar algunas medidas de observancia de los derechos.
Cabe resaltar que la presente norma busca beneficiar a los autores, artistas, intérpretes o ejecutantes, así como a las bibliotecas, centros de enseñanza, museos, archivos, organismos de conservación del patrimonio cinematográfico y sonoro, los organismos públicos de radiodifusión, entre otros.
El Gobierno sancionó la presente ley, por la cual se busca crear el Sistema Nacional de Residencias Médicas en Colombia, mediante el cual se garanticen las condiciones adecuadas para la formación académica y práctica de los profesionales de la medicina que cursan programas académicos de especialización médico-quirúrgica. De igual manera, se define el mecanismo de financiación, y se establecen medidas de fortalecimiento para los escenarios de prácticas del área de la salud.
Cabe resaltar que, mediante la presente ley, se establece que el valor de las matrículas no podrá exceder los costos administrativos de las instituciones de educación superior y, a su vez, se elimina el cobro por parte de las instituciones prestadoras de servicios de salud para permitir la rotación de residentes en sus instalaciones. Finalmente, se instauran sanciones a las entidades públicas o privadas que no cumplan con el pago a los residentes.
El Gobierno sancionó la presente ley, por la cual se busca mejorar las condiciones laborales del personal de vigilancia y seguridad privada. Dentro del contenido de la “Ley de los vigilantes” se destacan disposiciones relacionadas con el seguro de vida, las jornadas de trabajo, remuneración, profesionalización y vinculación de mujeres, personas mayores o en condición de discapacidad, entre otras.
Cabe resaltar que, mediante la presente ley, se proclama al 26 de noviembre como el Día Nacional de la Vigilancia y la Seguridad Privada, se dispone lo concerniente al certificado de aptitud sicofísica para el porte de armas de fuego, y se definen los incentivos para la profesionalización de esta actividad, entre otras.
El Gobierno sancionó la presente ley, por la cual se realizan modificaciones y adiciones a la Ley 1527 de 2012 “Ley de Libranzas”, en la que se establece quiénes pueden operar las libranzas, entre ellos las cooperativas y los fondos de empleados. Igualmente imponen a todos los operadores de libranzas, la obligación de contar con un departamento de riesgo financiero, encargado de evaluar y garantizar el pago del crédito y la prevención del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo en las operaciones de libranza.
Cabe resaltar que las libranzas fueron creadas por los fondos de empleados y desarrolladas por las cooperativas como un instrumento financiero para el mejoramiento de la calidad de vida de los trabajadores, asociados y su grupo familiar, ofreciendo garantía de pago contra nómina.
El Gobierno sancionó la presente ley, por la cual se crean las sociedades de beneficio e interés colectivo –BIC–. Según lo dispuesto en la presente norma, cualquier sociedad comercial existente o futura podrá adoptar voluntariamente dicha condición, y no implicará para la misma un cambio de tipo societario o la creación de uno nuevo; únicamente incluirán en su objeto social las actividades de beneficio que se propongan fomentar.
Cabe resaltar que las empresas BIC seguirán obligadas a cumplir con el régimen ordinario del impuesto sobre la renta y complementarios, el régimen común sobre las ventas y las demás obligaciones tributarias de carácter nacional, departamental y municipal.
El artículo 92 de la Ley 617 de 2000, estipula que el crecimiento anual de los gastos de personal de las entidades públicas, durante los 5 años siguientes a la publicación de la ley, no podrá superar en promedio el 90% de la meta de inflación esperada para cada año. Adicionalmente, a partir del sexto año, los gastos de personal no podrán crecer en términos reales.
Por lo anterior, se hace pública la Ley 1896 de 2018, por medio de la cual se exceptúan de lo estipulado en el artículo 92 de la Ley 617 de 2000, a ciertas entidades públicas, como lo son el Ministerio de Trabajo, el INPEC, el Congreso de la República, la UAEAC y el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social.
Mediante la presente ley se implementa el período en el cual se permitirá la extracción de mercurio.
La presente norma tiene como objetivo proteger la salud humana y el medio ambiente de las emisiones de mercurio; por ende, se plantea que en el momento de la entrada en vigor del presente convenio se permitirá en los territorios en los cuales actualmente se estén realizando actividades de extracción primaria de mercurio la extracción únicamente por un período de hasta 15 años después de la fecha. Finalmente, el mercurio producido durante este período será destinado únicamente para la fabricación de productos con mercurio añadido.
El presidente de la República sancionó la Ley 1886 de 2018, por medio de la cual se regula el cobro del gasto prejurídico y jurídico en los créditos educativos del Icetex.