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[ORO] Formato 1001: información de pagos o causaciones a terceros durante el 2015 y las retenciones practicadas o asumidas sobre los mismos. Caso 1

FORMATOS, Impuestos, Liquidadores Publicado: 9 de febrero de 2016

En este ejemplo se examina el caso de aquellos reportantes que no están obligados a discriminar en forma individualizada el detalle de la totalidad de los pagos a terceros sino que solamente tienen que hacerlo con aquellos terceros a quienes efectuaron pagos o causaciones que acumulados por todos los conceptos sí hayan sido iguales o superiores a $100.000 (si son por conceptos distintos a salarios y pagos laborales) o pagos que hayan sido iguales o superiores a $5.000.000 (si son por concepto de salarios y demás pagos laborales). Los pagos y/o causaciones que no superan esos topes los pueden agrupar bajo el NIT “222.222.222 cuantías menores” según el concepto a que correspondan (ver parágrafos 1 y 5 del numeral 18.2 del artículo 18 de la Resolución 220 del 2014).

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[ORO] Formato 1001: información de pagos o causaciones a terceros durante el 2015 y las retenciones practicadas o asumidas sobre los mismos. Caso 2

FORMATOS, Impuestos, Liquidadores Publicado: 9 de febrero de 2016

En este ejemplo se examina el caso de aquellos reportantes que solo fueron agentes de retención durante el 2015 y por tanto sí están obligados a discriminar en forma individualizada el detalle de la totalidad de los pagos o causaciones a terceros por conceptos diferentes a pagos laborales o rentas de trabajo (es decir, sin importar que no hayan superado los $100.000), pero que en relación con los pagos labores y demás rentas de trabajo sí se les permite reportar solamente a los terceros cuyos pagos o causaciones hayan sido iguales o superiores a $5.000.000. Los pagos y/o causaciones por conceptos labores y/o demás rentas de trabajo que no superaron los 5.000.000 se reportarán bajo el NIT “222.222.222 cuantías menores” (ver parágrafos 2 y 5 del numeral 18.2 del artículo 18 de la Resolución 220 del 2014).

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[ORO] Formato 1647: reportes de ingresos recibidos (facturados) para terceros durante el 2015

FORMATOS, Impuestos, Liquidadores Publicado: 9 de febrero de 2016

En el formato 1647 los reportantes deben informar los ingresos recibidos para terceros durante el 2015 que efectivamente hayan factura. Por el año gravable 2015, este formato se exige a todas las personas naturales y asimiladas, y a las jurídicas y asimiladas, que durante dicho año hayan practicado algún tipo de retención en la fuente (ya sea a título de renta, de IVA, de timbre, o de autorretención del CREE), pero siempre y cuando hayan facturado durante el 2015 ingresos para terceros sin importar cuanto haya sido el monto al final del año 2015 de sus ingresos propios más los ingresos facturados para terceros.

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[ORO] Formato 1003: reportes de retenciones que le practicaron a la persona o entidad informante durante el 2015

FORMATOS, Impuestos, Liquidadores Publicado: 9 de febrero de 2016

En el Formato 1003 se debe presentar un reporte de corte anual con los datos de la totalidad de las retenciones en la fuente a título de renta, IVA y timbre, que los terceros le hayan practicado durante el 2015 a la entidad o persona informante. No se deben incluir en este reporte las “autorretenciones” (ni a título de renta, ni a título del CREE), pues estas solo se reportan en el desarrollo de los literales “b” y “e”, formato 1001, pagos y retenciones.

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[Liquidador] Costo de renovación de la Matrícula Mercantil para el 2016

Derecho Comercial, FORMATOS, Liquidadores Publicado: 27 de enero de 2016

Con esta plantilla se puede definir el valor de lo que costaría la renovación de la matrícula mercantil y de los establecimientos de comercio durante el 2016 en cualquier Cámara de Comercio de Colombia, de acuerdo con lo establecido en los artículos 2.2.2.46.1.1 y 2.2.2.46.1.2 del Decreto Único 1074 de mayo del 2015.

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[ORO] Sanción por extemporaneidad en declaración del Régimen Simplificado del Impuesto al Consumo

FORMATOS, Impuestos, Liquidadores Publicado: 25 de enero de 2016

El régimen simplificado del impuesto al consumo está conformado por las personas naturales que obtengan ingresos inferiores a 4.000 UVT, provenientes de actividades de restaurantes y bares. Estas personas deben presentar la declaración del régimen simplificado del impuesto nacional al consumo, la cual no genera impuesto a cargo, pues es informativa. Por ello, cuando se presenta dicha declaración de manera extemporánea, se debe liquidar la sanción como se indica a continuación.

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[ORO] Retención en la fuente con procedimiento 1 para asalariados y demás empleados durante el 2016

FORMATOS, Impuestos, Liquidadores Publicado: 1 de diciembre de 2015

En esta herramienta se ilustran los pasos que deberá seguir un agente de retención durante el año 2016 para obtener la retención básica del artículo 383 del ET con procedimiento 1 y su comparación con la retención mínima del artículo 384 del ET. Estos cálculos, y según lo indicado en los decretos 099, 1070 y 3032 del 2013, se deberán aplicar por igual tanto a los asalariados como a los prestadores de servicios que pertenezcan al universo de empleados.

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[ORO] Ejercicio de conciliación entre el resultado contable y los resultados fiscales

Estándares Internacionales, FORMATOS, Liquidadores Publicado: 25 de noviembre de 2015

A continuación se presenta un ejercicio, aplicable a los resultados del año 2015 de una sociedad comercial no acogida a los beneficios de la Ley 1429 del 2010, y con el cual se ilustran las distintas partidas conciliatorias con las cuales se depuraría el resultado contable para obtener las bases con las que se liquiden tanto el «impuesto de renta y su complementario de ganancia ocasional», como también el «impuesto sobre la renta para la equidad -CREE».

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[ORO] Retención en la fuente con procedimiento 2 para determinar porcentaje en diciembre de 2015

FORMATOS, Impuestos, Liquidadores Publicado: 24 de noviembre de 2015

En esta herramienta se ilustran los cálculos que se deberán hacer en diciembre del 2015 para obtener el porcentaje fijo de retención que se aplicará a los pagos mensuales gravables de los trabajadores, durante el semestre enero-junio del 2016. Igualmente, se ilustra lo que sería la depuración de los pagos en el primer mes de dicho semestre, para la aplicación del porcentaje definido en diciembre combinado con el cálculo de la retención mínima del artículo 384 del ET.

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[Formato] Planilla de Circularizaciones

Auditoría y revisoría fiscal, FORMATOS, Liquidadores Publicado: 29 de octubre de 2015

La circularización es una técnica de auditoría empleada por profesionales contables en todos los procesos de revisión de estados financieros e información, que se encuentra asociada al proceso de inspección, adelantada por el profesional en sus labores de control. A continuación, una plantilla para ejercer control sobre las circularizaciones a entidades bancarias.