La International Federation of Accountants –IFAC– emitió la Norma Internacional de Control de Calidad –NICC–, control de calidad para firmas de contadores públicos que desempeñan auditorías y revisiones de estados financieros, trabajos para atestiguar y otros servicios relacionados. En este artículo finalizamos el segundo elemento: requisitos éticos relevantes.
El anteproyecto que venimos comentando plantea que un organismo, denominado Tribunal de la Contaduría Pública, ejerza la denominada función disciplinaria de la profesión.
Prácticamente la totalidad de las sanciones impuestas por la Junta Central de Contadores son suspensiones. Los breves resúmenes que publica ese organismo sobre los castigos decretados, en ocasiones nos convencen de la gravedad de las conductas, pero no lo hacen en otras oportunidades. Sin embargo, haría falta la lectura integra la providencia respectiva para poder tener un juicio más certero.
No es correcto exigir que “(…) La inscripción como Contador Profesional, deberá certificarse cada tres años (…)”. En primer lugar, la forma como en Colombia certificamos una inscripción de un contador público es la tarjeta profesional.
Quienes tenemos la obligación de liderar grupos de trabajo debemos buscar la mejor forma de integrarlos con la mejor gente posible; y la mejor gente, como regla general, le gusta interactuar con personas de igual o mejor calibre para así hacer del trabajo un proceso de mejoramiento profesional continuo.
La International Federation of Accountants –IFAC– emitió la Norma Internacional de Control de Calidad –NICC–, control de calidad para firmas de contadores públicos que desempeñan auditorías y revisiones de estados financieros, trabajos para atestiguar y otros servicios relacionados. En este artículo finalizamos el segundo elemento: requisitos éticos relevantes.
En una de las conferencias del CP Carlos Alberto Montes de la Universidad del Quindío, una frase me llamó la atención: un buen auditor debe tener carácter.
Para algunos la reforma de la contabilidad del gobierno fue muy desafortunada, otros piensan que no pudo haber sido mejor. La verdad que ni lo uno ni lo otro, sin lugar a dudas hay aspectos positivos, pero también hay que reflexionar sobre algunos temas, lo cual quedó evidente con la resolución 113 de abril 1 de 2016.
En su respuesta a la radicación 2016-168, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública manifestó: “(…) Tratándose de un contrato laboral, todas las responsabilidades laborales se suspenden cuando se da por terminada la relación laboral, quedando circunscrita su responsabilidad solo al tiempo de vigencia de su contrato como contadora. ―No obstante lo anterior, dado que la firma del Contador Público se encuentra incluida en los informes financieros de propósito general, junto con la firma del representante legal, para cumplir los requisitos de los Estados Financieros Certificados, si el contador fuera invitado a la Asamblea de la Cooperativa, este tendría la obligación de asistir, y de dar las explicaciones necesarias sobre dichos informes.
La International Federation of Accountants –IFAC– emitió la Norma Internacional de Control de Calidad –NICC–, control de calidad para firmas de contadores públicos que desempeñan auditorías y revisiones de estados financieros, trabajos para atestiguar y otros servicios relacionados.