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ESAL: las que están obligadas y no a registrarse, beneficios, trámites y constitución

ACTUALIDAD, Derecho Comercial, Propiedad Horizontal Publicado: 18 de septiembre de 2015

Las ESAL son asociaciones que realizan actividades en beneficio de los asociados, terceras personas o la comunidad, y que no buscan el reparto de utilidades entre sus miembros. Exponemos los beneficios, la forma de constituir y los trámites que hay que cumplir.

Arrendamiento de PH: no mezclar situaciones reguladas por la Ley 820 con obligaciones mercantiles

ACTUALIDAD, Derecho Comercial, Propiedad Horizontal Publicado: 14 de septiembre de 2015

Los incrementos que se hagan por concepto de arriendo no pueden superar el IPC del año anterior. No es recomendable que el arrendatario pague un valor determinado y también sufrague el 100% de las cuotas de administración, incluyendo incrementos.

Propiedad horizontal: Uso de los bienes comunes exclusivos

ACTUALIDAD, Propiedad Horizontal Publicado: 14 de septiembre de 2015

Los bienes comunes de uso exclusivo son los elementos y zonas, de un edificio o conjunto, no necesarios para la existencia, estabilidad, funcionamiento, conservación, seguridad, uso o goce de los bienes de dominio particular. Pertenecen a los propietarios de bienes privados que puedan disfrutarlos.

Sanción por incumplimiento de obligaciones no pecuniarias

CASOS PRÁCTICOS, Propiedad Horizontal Publicado: 14 de septiembre de 2015

La sanción por incumplimiento de obligaciones no pecuniarias, se da por el mal uso de los bienes comunes y privados. Cuando los propietarios, tenedores o terceros, no actúan de conformidad con los estatutos de PH y de la ley, esto dará lugar a que el administrador mediante escrito previo, le solicite al infractor el correcto cumplimiento de las normas.

Sáquele el mayor provecho posible a los bienes comunes de su copropiedad

ACTUALIDAD, Derecho Comercial, Propiedad Horizontal Publicado: 7 de septiembre de 2015

Cada propietario es dueño de un porcentaje de los bienes comunes y puede beneficiarse de ellos. En el reglamento de la PH se deben explicar los detalles. Recuerde que el dinero obtenido no se reparte entre los copropietarios.

Consejo de bienes

CASOS PRÁCTICOS, Propiedad Horizontal Publicado: 7 de septiembre de 2015

las copropiedades de uso comercial o mixto de treinta o más bienes privados, están obligadas a constituir un consejo de copropiedades, al cual no solo pertenecerán los propietarios, sino también sus representantes, es decir, los delegados dotados de poder amplio y suficiente para participar en la asamblea general. Los casos que no superan los treinta bienes, podrán adoptar la figura a voluntad.

El Consejo de Estado acorde al reglamento de propiedad horizontal, podrá tomar las determinaciones necesarias para que la persona jurídica cumpla sus fines. Actuará como representante de la asamblea general, se encargará de regir las relaciones entre esta y el administrador.

Políticas contables en propiedad horizontal: ¿quién las aprueba?

ACTUALIDAD, Propiedad Horizontal Publicado: 26 de agosto de 2015

Dada la particular estructura de las propiedades horizontales, en las que los órganos administrativos no tienen un enfoque de evaluación empresarial, es dudoso determinar a quién le corresponde la aprobación de las políticas contables en el proceso de implementación de las normas internacionales.

Apoderados de Socios, Accionistas o Propietarios en Juntas o Asambleas

ACTUALIDAD, Derecho Comercial, Propiedad Horizontal Publicado: 24 de agosto de 2015

Cuando el asociado, bien de una sociedad mercantil, como de una propiedad horizontal no pueda asistir a reunión del máximo órgano social, tiene derecho a delegar su participación a un apoderado o representante. Conozca los requisitos y restricciones.

Viabilidad de revocar consejo de administración en asamblea extraordinaria

ACTUALIDAD, Derecho Comercial, Propiedad Horizontal Publicado: 17 de agosto de 2015

El consejo de administración, representante legal, administrador, y revisor fiscal son cargos de libre nombramiento y remoción. Si en una asamblea extraordinaria se encuentra la mayoría de propietarios, de manera unánime se pueden tomar decisiones frente a puntos que se encuentran en el acta.

Asamblea Extraordinaria

CASOS PRÁCTICOS, Propiedad Horizontal Publicado: 10 de agosto de 2015

Cuando se habla de asamblea extraordinaria, se indica que se requiere solucionar una situación imprevista, inimaginable que requiere un procedimiento inmediato. En este caso la Ley 675 del 2001, en el artículo 39 y siguientes hace referencia a un procedimiento que se debe tener presente.

La asamblea extraordinaria puede ser convocada en ocasión a sucesos imprevistos o de suma urgencia que ameriten ser atendidos y solucionados por la asamblea general de propietarios.

Es importante anotar que el carácter extraordinario de una asamblea, supone que se tratarán temas muy puntales, específicos o particulares generadores de la urgencia o necesidad especial, ya que los temas generales, comunes son tratados en las asambleas generales.

El quorum decisorio deliberatorio de una reunión extraordinaria es el mismo como si se fueran a tomar decisiones en reunión de primera convocatoria salvo que los estatutos de la PH hayan aumentado los requisitos. Los estatutos nunca pueden reducir los estatutos pero sí aumentarlos.