Tanto las acciones o cuotas sociales de una sociedad mercantil, como un inmueble privado al interior de una P.H. pueden ser objeto de embargo por cualquier deuda, pero dicho embargo NO limita la participación del dueño, en las respectivas Reuniones del Máximo Órgano Social.
Tener muchas responsabilidades sobre los hombros no es tarea sencilla y más cuando se está en los pantalones de un Administrador. El problema aparece cuando se piensa que un Conserje puede realizar las mismas funciones. Craso error.
Aunque el administrador de una copropiedad es el llamado a estar atento a todos los seguros, usted como propietario debe estar atento a todos los riesgos que se podrían llegar a correr para tomar cartas en el asunto. Haga cuentas.
Todos, independientemente, de donde vivamos, debemos tener presentes los reglamentos de la Propiedad Horizontal, con el fin de fomentar las buenas relaciones y la unidad», opinión de Johanna Marcela Ospina en Disputas entre vecinos, ¿falta de tolerancia o abuso de los copropietarios?
Lidiar con mascotas, borrachos, vecinos groseros, cobros imaginarios y niños problemáticos son algunos problemas a los que todo copropietario le tiene que hacer frente. Lo mejor para combatirlos es tener claro el reglamento y los manuales de la propiedad horizontal.
Propiedad Horizontal y Sociedades Mercantiles. Los temas que más han sido leídos y comentados hasta la fecha en éste 2011. Aproveche estos días de descanso para leerlos si se los perdió o repasarlos si ya lo ha hecho y otros temas de ñapa.
El Administrador tiene como obligación hacer todas las gestiones de cobro a los propietarios morosos. Sin embargo, él tiene unos deberes que cumplir y no puede abusar del poder que se le ha entregado.
La Ley 675 de 2001, establece al administrador la obligación de hacer todas las gestiones de cobro a los propietarios morosos, ¿pero hasta donde llegan dichas competencias, puede restringir el uso del inmueble o su arriendo o el ingreso a parqueaderos?
Una vez transcurrida la Asamblea de Propietarios en una P.H., sus decisiones deberán constar en un Acta, la cual es prueba tanto para su exigibilidad cómo para poderse demandar las decisiones tomadas.
No todas las decisiones que se tomen en una P.H. requieren decisión mayoritaria de coeficientes, pues en algunos casos, algunas decisiones requieren simple mayoría calculada sobre el número de bienes privados.