El 5 de marzo de 2018 la Dian publicó un proyecto de resolución a través del cual modificaría la Resolución 000060 del 30 de octubre de 2017, con la cual quedaron establecidos los obligados a suministrar información tributaria por el año gravable 2018, así como el contenido, las características y los plazos para su entrega. Los comentarios y sugerencias sobre el proyecto de resolución serán recibidos hasta el 8 de marzo de 2018, y deberán ser enviados al correo: Subdir_Analisis_Opera_Programas@dian.gov.co.
Considerando que las modificaciones motivadas por la Ley 1819 de 2016 hacen necesario precisar el contenido de la información exógena que se debe presentar a la Dian, para facilitar el reporte por parte de los obligados y el uso de la misma por parte de la entidad, el 5 de marzo de 2018 la Dian publicó un proyecto de resolución que busca modificar la Resolución 000068 del 28 de octubre de 2016, referente a la información exógena del año gravable 2017. Los comentarios y sugerencias sobre el proyecto de resolución serán recibidos hasta el 8 de marzo de 2018, y deberán ser enviados al correo: Subdir_Analisis_Opera_Programas@dian.gov.co.
El 26 de febrero de 2018, la Dian publicó un proyecto de norma con el cual se adoptaría el Servicio Informático Electrónico Régimen Tributario Especial. Los comentarios a dicho proyecto se recibirán hasta el próximo 15 de marzo.
El 23 de febrero de 2018, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público publicó un proyecto de decreto con el cual se adicionaría un parágrafo transitorio al artículo 1.6.1.12.2.11 de la sección 2, capítulo 13, título 1, parte 6 del libro 1 del Decreto 1625 de 2016 único reglamentario en materia tributaria, para establecer que el plazo para que las personas naturales calificadas como grandes contribuyentes declaren el impuesto sobre la renta y complementario por el año gravable 2017 y realicen el pago de la segunda y tercera cuota de dicho impuesto, sería el 10 de agosto de 2018, independientemente del último dígito del NIT. Los comentarios al proyecto se recibirán hasta el 9 de marzo de 2018.
El Ministerio de Hacienda publicó un proyecto de decreto con el cual pretende modificar el Decreto 1625 de 2016, en lo referente al componente inflacionario de los rendimientos financieros percibidos durante el año gravable 2017 por personas naturales y sucesiones ilíquidas no obligadas a llevar contabilidad. De acuerdo con el proyecto, no constituiría renta ni ganancia ocasional por el año gravable 2017 el 64,21% del valor de los rendimientos financieros percibidos en dicha vigencia. El mismo porcentaje se aplicaría como con constitutivo de renta ni ganancia ocasional al valor de los rendimientos recibidos de los fondos mutuos de inversión, fondos de inversión y fondos de valores. Por otra parte, de ser aprobado el proyecto, quedaría establecido como rendimiento mínimo por préstamos otorgados por la sociedad a sus socios o accionistas, o estos a la sociedad, por el año gravable 2018, el 5.21% anual.
Por la cual se modificaría y adicionaría la Resolución 000073 del 29 de diciembre de 2017 que prescribió el formato de reporte de conciliación fiscal de que trata el numeral 2 del artículo 1.7.1 del Decreto 1625 de 2016, único reglamentario en materia tributaria.
El 15 de febrero de 2018 el Ministerio de Hacienda publicó un proyecto de decreto con el que se pretende reglamentar los mecanismos de control para la correcta imputación del IVA descontable que debe corresponder proporcionalmente a los costos directos e indirectos atribuibles a las unidades inmobiliarias gravadas.
Por medio del cual se daría cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 631-4 del ET, respecto al suministro de información para efectos de cumplir con los compromisos internacionales en materia de intercambio de información.
La Dian publicó un proyecto de resolución con el cual ajustaría las tarifas del impuesto nacional a la gasolina y al ACPM, y del impuesto nacional al carbono.
Por la cual se prescribiría el formato de reporte de conciliación fiscal de que trata el numeral 2 del artículo 1.7.1 del Decreto 1625 del 11 de octubre de 2016, único reglamentario en materia tributaria.