La Dian publicó el proyecto de resolución por el cual se prescribirían y habilitarían los formularios para el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el año 2018. Los comentarios, observaciones y sugerencias sobre este proyecto se recibirán hasta el 29 de diciembre de 2017, a través del correo electrónico: comentarios_formularios_oficiales@dian.gov.co.
Por el cual se modificarían los artículos 2.2.2.26.1.2 y 2.2.2.26.3.1 del Decreto 1074 de 2015 – Decreto Unico Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, para modificar los plazos para la inscripción de las bases de datos en el Registro de Nacional de Bases de Datos.
Por el cual se adicionarían unos parágrafos al artículo 1.2.6.8. y los artículos 1.2.4.7.5 y 1.3.2.1.16 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, con los cuales se modificaría entre otros, la tarifa de autorretención de renta de las empresas industriales y comerciales del Estado, de las empresas editoriales y de las empresas hoteleras, pasando del 0,80% al 0,40%.
El 20 de noviembre de 2017, la Dian publicó un proyecto de resolución a través del cual seleccionaría los contribuyentes para facturar electrónicamente.
Por el cual se modifica el Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, para sustituir el capítulo 17 del título 1 de la parte 2 del libro 1, para reglamentar los artículos 70 y 73 del Estatuto Tributario, en lo relacionado con el ajuste del costo de los activos fijos para efectos de determinar la renta o ganancia ocasional.
El Ministerio de Hacienda publicó un proyecto de resolución mediante la cual establecería el formulario único nacional de declaración y pago del impuesto de Industria y Comercio.
Por el cual se modifica el epígrafe de la parte 5 del libro 1 y se adiciona el título 6 a la parte 5 del libro 1 del Decreto 1625 de 2016 único reglamentario en materia tributaria, para reglamentar el parágrafo 1 del artículo 512-15 y los numerales 3 y 4 del artículo 512-16 del ET, referente al impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas.
Por el cual se adicionarían unos artículos al capítulo 1 del título 1 de la parte 3 del libro 1 del Decreto 1625 de 2016 único reglamentario en materia tributaria, para reglamentar el artículo 32 del ET, referente al tratamiento tributario de los contratos de concesión y asociaciones público privadas.
El 31 de octubre de 2017 el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo publicó el proyecto de decreto con el cual reglamentaría los programas de descuentos para promover el turismo social.
El 24 de octubre de 2017 el Ministerio de Hacienda publicó el proyecto de decreto a través del cual establecería los plazos para la presentación y pago de los impuestos, anticipos y retenciones en la fuente en el año 2018. Este proyecto contempla, entre otras cosas, que los grandes contribuyentes que soliciten vincular su impuesto de renta a cualquiera de las modalidades de pago en obras por impuestos no están obligados a realizar el pago de la primera cuota, siempre y cuando soliciten antes de su vencimiento tal vinculación con el lleno de los requisitos exigidos para su procedencia. De ser aprobado el proyecto, las personas jurídicas y demás contribuyentes presentarían la declaración del impuesto de renta y realizarían el pago de la primera cuota entre el 10 de abril y el 8 de mayo de 2018, dependiendo de los dos últimos dígitos del NIT, sin tener en cuenta el dígito de verificación; en el caso de las personas naturales, lo harían entre el 9 de agosto y el 19 de octubre de 2018, igualmente, dependiendo de los dos últimos dígitos del NIT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.