A través de la Resolución 1262 de 2020, el Ministerio del Trabajo determina el procedimiento que deberá adelantar la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales –UGPP– para la identificación de los trabajadores beneficiarios del Programa de Auxilio a los trabajadores en Suspensión Contractual o Licencia no Remunerada.
Dian expide la Resolución 000075 de 2020, mediante la cual modifica la Resolución 000064 de junio 18 de 2020, con la cual se establecieron los lineamientos respecto a la información que deberá entregar el responsable del IVA en relación con las ventas realizadas durante los días sin IVA, creados a través del Decreto Legislativo 682 de 2020.
Así pues, dicha resolución modifica la información que deberá ser entregada por parte de los vendedores conforme a los parámetros establecidos en las especificaciones técnicas del formato 2669 v. 1.
A través de la Resolución 1128 de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social reglamenta la inscripción de oficio al sistema de seguridad social en salud de las personas que no se encuentran afiliadas o con novedad de terminación de la inscripción en la EPS.
A través de la Resolución 1126 de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social define las condiciones generales y reglas técnicas para la afiliación y reporte de novedades del sistema de subsidio familiar –SSF– en el sistema de afiliación transaccional –SAT–.
A través de la Resolución 1361 de 2020, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público determina el método a utilizar para el cálculo de la disminución de ingresos, el proceso y las condiciones a las cuales deben sujetarse las entidades financieras involucradas, la UGPP y, en general, todos los actores que participen en el Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios, –PAP–, así como los períodos y plazos máximos para la postulación, los requisitos y el pago de los aportes.
Dian expide la Resolución 000074 de 2020, mediante la cual prescribe el formulario 420 para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes y responsables del impuesto al patrimonio por los años gravables 2020 y 2021.
Los contribuyentes del impuesto al patrimonio deberán presentar la declaración a través de los servicios informáticos, utilizando el instrumento de firma electrónica autorizado por la Dian.
Dian expide la Circular Externa 000008 de 2020, a partir de la cual anuncia la implementación de la notificación electrónica de actos administrativos, prevista en el artículo 3 de la Resolución 000038 del 30 de abril de 2020.
En dicha circular se indica que a partir del 2 de julio la administración tributaria implementará la notificación electrónica en cumplimiento con los establecido en los artículos 563, 564, 565 y 566-1 del Estatuto Tributario –ET–.
La Superfinanciera certifica que el interés bancario corriente para el período comprendido entre el 1 y el 31 de julio de 2020 en la modalidad de crédito de consumo y ordinario será del 18,12 % EA.
La tasa de interés bancario corriente para la modalidad de microcrédito, por su parte, será del 34,16 % para el período comprendido entre 1 de julio de 2020 y el 30 de septiembre de 2020.
Dian expide la Resolución 000067, por medio de la cual estableció el procedimiento para el registro de los acuerdos de transacciones de commodities, información que debe presentarse a través de los servicios informáticos de la Dian.
Dicha resolución señala que los sujetos a cumplir con la obligación del registro de los acuerdos, contratos, ofertas u otros documentos suscritos por operaciones de commodities deberán hacerlo mediante el formato 2573 “Registro Acuerdo de Commodities”. Este formato deberá ser presentado dentro del mes calendario siguiente a la fecha de su suscripción o con anterioridad a la realización de la primera entrega de commodity.
Dian expide la Resolución 000064 de 2020, a través de la cual establece lineamientos respecto a la información que deberá entregar el responsable del IVA en relación con las ventas realizadas durante los días sin IVA creados a través del Decreto Legislativo 682 de 2020.
Esta información deberá ser presentada de manera virtual utilizando los servicios informáticos electrónicos de la Dian, haciendo uso de la firma electrónica, a más tardar el 31 de agosto de 2020.
Cabe señalar que, la no entrega de dicha información o la entrega de forma extemporánea o de manera errada, dará lugar a la aplicación de la sanción consagrada en el artículo 651 del ET.