De conformidad con lo establecido en el artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo, el empleador tiene la obligación de dar una certificación laboral a trabajadores y extrabajadores que lo soliciten, en la que conste el tiempo de servicio, la índole de la labor y el salario devengado.
De conformidad con lo establecido en el artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo, el empleador tiene la obligación de dar una certificación laboral a trabajadores y extrabajadores que lo soliciten, en la que conste el tiempo de servicio, la índole de la labor y el salario devengado.