A través de la Circular 0034 de 2020, el Ministerio del Trabajo determinó que la vigencia de lo dispuesto en los decretos 488 y 500 de 2020 queda sujeta a la del estado de emergencia sanitaria decretado por el Ministerio de Salud y Protección Social; esto es, hasta el 30 de mayo de este año.
Ministerio del Trabajo
Circular 0034
abril 23 de 2020
El Ministerio del Trabajo determinó que la vigencia de lo dispuesto en los decretos 488 y 500 de 2020 queda sujeta a la del estado de emergencia sanitaria decretado por el Ministerio de Salud y Protección Social.