En esta se explica la aplicación en el tiempo de los Decretos 488 de 2020 y el Decreto 500 de 2020.
En esta se explica la aplicación en el tiempo de los Decretos 488 de 2020 y el Decreto 500 de 2020.
El Ministerio del Trabajo expidió la Circular 0034 del 23 de abril de 2020 en el que se refiere a la aplicación de los Decretos 488 del 27 de marzo de 2020 y el 500 del 31 de marzo de 2020.
La entidad ha reiterado que lo que indican los dos anteriores decretos se adoptarán mientras perduren los hechos que dieron lugar a la actual emergencia económica, social y ecológica.
Medidas como retiros parciales de cesantías por disminución del ingreso mensual de los trabajadores y el beneficio de transferencia económica dentro del mecanismo de protección al cesante, continúan vigentes.
De igual manera, avisar con un día de antelación por parte del empleador para ofrecer vacaciones anticipadas, colectivas o acumuladas.