Debido a la emergencia económica generada por el COVID-19, la Superfinanciera autorizó, a partir de la fecha, a las entidades vigiladas para establecer de manera segmentada nuevas condiciones transitorias para sus créditos, priorizando a los sectores más vulnerables. Esto, como medida frente a la emergencia sanitaria por el COVID-19.
Los créditos que se verán beneficiados con esta medida no podrán tener, al corte del 29 de febrero de 2020, una mora mayor a 30 días.
Los cambios a las condiciones iniciales de los créditos pueden contemplar períodos de gracia de acuerdo con el análisis de cada entidad, tiempo durante el cual se deberá mantener la calificación que tenía el deudor al 29 de febrero de 2020, razón por la que la Entidad no requerirá constituir provisiones adicionales durante este lapso.
Superintendencia Financiera
Circular Externa 007
marzo 17 de 2020
Por la cual, la Superfinanciera autoriza a sus entidades vigiladas para establecer de manera segmentada nuevas condiciones transitorias para sus créditos, a causa de la emergencia sanitaria por el coronavirus (COVID-19). Para esto, deben priorizar a los sectores más vulnerables.