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Circular Externa 10-000002 de 17-03-2020

Como estrategia de prevención ante la propagación del coronavirus (COVID-19) en Colombia, la Superintendencia de Sociedades emitió la presente circular para difundir las instrucciones y recomendaciones dirigidas a los supervisados frente al desarrollo de reuniones del máximo órgano social.

Así, a partir de lo estipulado en el Decreto 398 de 2020, la Supersociedades reiteró la alternativa de reuniones no presenciales para efectos de dar cumplimiento a la obligación legal de realizar reuniones ordinarias del máximo órgano social al menos una vez al año (ver artículos 181 y 422 del código de comercio). De acuerdo con la Superintendencia, esta metodología podrá utilizarse siempre y cuando se cuente con el número de participantes no presenciales necesarios para deliberar en cumplimiento con lo determinado en la ley o los estatutos, y si, además, se aplican correctamente las reglas en materia de convocatoria, quorum y mayorías previstas en la ley o los estatutos.

Circular Externa 10-000002 de 17-03-2020
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Supersociedades
Circular externa 10-000002
marzo 17 de 2020

Instrucciones y recomendaciones a los supervisados frente al desarrollo de reuniones del máximo órgano social para evitar la propagación del coronavirus (COVID-19).

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