El 22 de noviembre de 2019 la Supersociedades, con base en las atribuciones de inspección, vigilancia y control otorgadas por la ley, dio a conocer la Circular Externa 201-000008, por la cual establece los plazos y requisitos mínimos para que las sociedades vigiladas, controladas e inspeccionadas del grupo 1, 2 y 3 de la convergencia a Normas Internacionales presenten ante dicho órgano los estados financieros con corte al 31 de diciembre de 2019 con su informe de prácticas empresariales.
Mediante la norma en mención se dispuso que las sociedades del grupo 3 que tengan condiciones de vigiladas y controladas tendrán que presentar sus reportes de forma virtual usando la nueva opción “Informe 01A – Estados Financieros de Fin de Ejercicio Grupo 3 – 70 – NIF para microempresas” del software XBRL EXPRESS.
Superintendencia de Sociedades
Circular Externa 201-000008
Noviembre 22 de 2019
La Superintendencia de Sociedades dio a conocer la Circular Externa 201-000008 de 2019, mediante la cual establece los plazos y condiciones que las sociedades vigiladas, controladas e inspeccionadas de los grupos 1, 2 y 3 deberán presentar sus estados financieros básicos del 2019.
Numeral 1.2 modificado por la Circular Externa 100-000003 de 17-03-2020.