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Circular Externa 26 de 09-07-2009

Los exportadores de servicios turísticos y hoteleros no requieren del registro de declaración escrita de los contratos de exportación de servicios ante la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, para obtener la exención del impuesto sobre las ventas.

Circular Externa 26 de 09-07-2009
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
Circular Externa 26
09-07-2009

Para su conocimiento y aplicación nos permitimos informar que el artículo 16 de la Ley 1101 de 2006, por la cual se modifica la Ley 300 de 1996 – Ley General de Turismo.

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